VISTO el expediente nº 171/2010, iniciado por el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria, que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe a la Directora de Gestión Ambiental sobre inquietudes varias;
que, la Ley Provincial 11.723 de Protección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente en general, que en su artículo 1º establece: “La presente ley, conforme el artículo 28º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, tiene por objeto la protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, a fin de preservar la vida en su sentido más amplio; asegurando a las generaciones presentes y futuras la conservación de la calidad ambiental y la diversidad biológica”;
que, en su artículo 4º la ley antes mencionada, indica que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría Provincial del Medio Ambiente, deberá fijar la política ambiental, y coordinar su ejecución descentralizada con los municipios;
que, a tal efecto el Municipio de Saladillo, crea la Dirección de Gestión Ambiental en el año 2005, organismo encargado de descentralizar y hacer cumplir en el territorio de Saladillo, las políticas que marca la ley en su descentralización;
que, de acuerdo a lo manifestado por la Directora de Gestión Ambiental, son múltiples los temas ambientales que ocupan su gestión;
que, uno de los temas reiterados por los vecinos de los distintos barrios de Saladillo son los canales a cielo abierto;
que, en los últimos tiempos aparece otro tema que se reitera en los barrios 96 y 272 viviendas; las serias deficiencias en el sistema de cloacas por lo que se contamina sectores enteros de grupos poblacionales muy nutridos;
que, la deficiencia en el tratamiento final de los residuos cloacales también provoca contaminación a través del canal a cielo abierto de la prolongación de la Av. Moreno, de acuerdo a manifestación de vecinos;
que, el tratamiento de residuos sólidos urbanos, que durante muchos años se volcaron a cielo abierto, todavía y a pesar de las inversiones realizadas la clasificación de residuos sigue siendo experimental;
que, es evidente que el distrito de Saladillo, ciudad cabecera y localidades del interior, todavía no se puede visualizar una política de medio ambiente que asegure los derechos a los ciudadanos que en él habitan; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 21 de septiembre de 2010, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Señor Intendente Municipal y por su intermedio a la Directora de Gestión Ambiental, informe sobre:
a) ¿Cuáles son las medidas planificadas, conjuntamente con la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para dar solución en el corriente año, a los canales a cielo abierto, que implican no sólo riesgo de contaminación ambiental, contaminación de napas, aire (contaminación pluriambiental), sino que además en algunos de los barrios pone en riesgo la vida de los niños que juegan en la vecindad, dada su profundidad (ej. Av. Saavedra hacia Bozán)?
b) ¿Cuáles son las medidas que se tomarán con carácter de urgente, en relación con las obras públicas y las obras sanitarias, para dar solución a la contaminación por cloacas que no funcionan en el Barrio 272 viviendas?
c) Sí es real que el canal a cielo abierto de la Av. Moreno se encuentra contaminado con desperdicios cloacales; ¿cuáles son las acciones previstas si la respuesta es positiva?
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil diez.-
COMUNICACION Nº 48/2010.-