VISTO el expediente nº 89/08, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2243/08, que eleva nota adjuntando Licitación Privada Nº 2/2008, sobre la provisión de mano de obra y materiales para el Teatro Marconi – 2da. Etapa; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 14 de julio de 2008, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad,  el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que aconseja sancionar una Ordenanza aceptando al único oferente ;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, controle el cumplimiento por parte de la Empresa adjudicataria de la obra, de los requerimientos técnicos establecidos por el pliego de la licitación privada Nº 02/2008, tanto en el aspecto técnico como en lo que a normas de seguridad e higiene en el trabajo se refiere.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de julio del año dos mil ocho.-

COMUNICACION Nº 25/08.-

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