Ordenanza N° 42/2005

  • Fecha de sanción: 10/11/2005
  • N° Promulgación: 2213
  • Decreto Promulgación: 1711

CONVENIO ADHESION AL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DE LA INVERSION PCA. MUNICIPAL REF. A FINANCIACION DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA.-

VISTO el expediente nº 145/05, iniciado por el Departamento Ejecutivo, que eleva proyecto de Ordenanza convalidando Convenio de Adhesión al Programa de Financiamiento de la Inversión Pública Municipal, sobre la financiación de obras de infraestructura;

que, el mismo se conviene hasta la suma de un millón doscientos mil pesos ($ 1.200.000) con destino a la financiación de obra pública municipal;

que, dicha financiación se llevará a cabo a través de un préstamo del Banco de la Provincia de Buenos Aires previsto para este Programa de Financiamiento, tal cual lo estipulado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

que, el monto de dicho préstamo será destinado a la concreción de la obra de asfalto en las siguientes ubicaciones de la ciudad: calle Ledesma entre Avenida Belgrano y Lope Serrano, Avenida Cabral entre calles Rojas y Rossi y Avenida Bozán entre Lope Serrano y Avenida Frocham;

que, de acuerdo a lo normado por el art. 41º de la Ley Orgánica Municipal y la cláusula quinta del compromiso arriba mencionado, es necesario que dicho convenio sea aprobado por el Honorable Concejo Deliberante;

que, con fecha 10 de noviembre de 2005, el Departamento Ejecutivo contestó la Comunicación Nº 47/05 sancionada por este Honorable Cuerpo; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 10 de noviembre de 2005, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza en cuestión;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio de Adhesión al Programa de Financiamiento de la Inversión Pública Municipal firmado entre la Municipalidad de Saladillo y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires referido a la financiación de obras de infraestructura hasta un monto de un millón doscientos mil pesos, que como Anexo I, forma parte de la presente.-

ARTICULO 2º: El mismo estará destinado a obras de pavimentación en las siguientes localizaciones de la ciudad de Saladillo: calle Ledesma entre avenida Belgrano y Lope Serrano, Avenida Cabral entre calles Rojas y Rossi y Avenida Bozán entre Lope Serrano y Avenida Frocham.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil cinco.-

ORDENANZA Nº 42/05.-
CONVENIO DE ADHESION AL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DE LA INVERSION PUBLICA MUNICIPAL – PROVINCIA DE BUENOS AIRES – MUNICIPALIDAD DE SALADILLO.-

– – – Entre la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Señor Ministro de Gobierno, Cr. Florencio a. Randazzo y por el Señor Ministro de Economía, Lic. Gerardo A. Otero, en adelante la PROVINCIA, y la Municipalidad de Saladillo representada por el Señor Intendente Municipal, Don Carlos Gorosito en adelante la MUNICIPALIDAD, convienen en celebrar el presente compromiso, sujeto a las siguiente condiciones:

PRIMERA: La Municipalidad adhiere al Programa de Financiamiento de la Inversión Pública Municipal, aceptando en un todo la normativa vigente para la instrumentación del presente Programa.-

SEGUNDA: La presente adhesión se conviene por hasta la suma de $ 1.200.000 (pesos un millón doscientos mil), con destino a la financiación de los proyectos detallados que como Anexo I obran en el presente.-

TERCERA: La línea de crédito a otorgarse a fin de la concreción de cada Proyecto elegido por la Municipalidad, será definida de acuerdo a las características de aquel y al monto solicitado por ésta para su realización.-

CUARTA: La Municipalidad se compromete a brindar la totalidad de la información sobre la evolución de su situación financiera a la Provincia quien, a través del Ministerio de Economía, analizará el cumplimiento efectivo de los compromisos asumidos por la Municipalidad.-

QUINTA: La Municipalidad se compromete a sancionar las normas legales necesarias derivadas del presente Convenio comunicándolas a la Provincia en la oportunidad de su sanción.-

SEXTA: El presente Convenio y los compromisos derivados del mismo entrarán en vigencia a partir del día de la fecha.-

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor, en la ciudad de Saladillo, al tercer día del mes de junio del año dos mil cinco.-
ANEXO I

CONVENIO DE ADHESION AL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DE LA INVERSION
PUBLICA MUNICIPAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES – MUNICIPALIDAD DE SALADILLO

PROYECTO

MONTO ESTIMADO EN PESOS

Pavimentación
1.200.000

TOTAL
1.200.000

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