VISTO el expediente nº 121/06, iniciado por el Señor Héctor Labernia, que eleva nota solicitando información sobre Ordenanza que regule la instalación de desarmaderos y/o depósito de elementos recogidos en nuestro distrito; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de agosto de 2006, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que decide: “1 – Solicitar al Departamento Ejecutivo: a) Si el depósito sito en Frocham Nº 2210, se halla habilitado y si se ajusta a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 41/92; b) De no ser así, se solicita una pronta actuación a fin de evitar la instalación definitiva del mencionado depósito.- 2 – Enviar nota al Sr. Héctor Labernia con copia de la Ordenanza Nº 41/92 y copia de la Comunicación enviada al Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo, informe a este Honorable Cuerpo si el depósito sito en Frocham Nº 2210, se halla habilitado y si se ajusta a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 41/92.-
ARTICULO 2º: En caso negativo, se solicita una pronta actuación a fin de evitar la instalación definitiva del mencionado depósito.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil seis.-
COMUNICACION Nº 48/06.-