VISTO el expediente nº 180/06, iniciado por el Bloque Frente para la Victoria, que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre personal con capacidades diferentes que integran la planta de empleados municipales;
que, las leyes de protección de Derechos de las Personas con Capacidades Diferentes, Nacional y Provincial;
que, en las mismas se establece un cupo mínimo del 4 % de los puestos e trabajo del Estado Nacional, Provincial y Municipal como así también de las empresas debe ser cubierto con personas discapacitadas;
que, se tiene conocimiento extra oficial que el Municipio de Saladillo incluye en su plantel este tipo de operarios;
que, en la actualidad el Municipio cuenta con un área específica a cargo de la temática discapacidad;
que, es función del Estado en cualquiera de sus niveles cumplir y hacer cumplir las leyes de Protección Integral;
que, la integración laboral de las personas con capacidades diferentes es el fin en si mismo de la verdadera integración;
que, Saladillo cuenta con prestigiosa Instituciones dedicadas a la rehabilitación y habilitación laboral de las personas con capacidades diferentes que las prepara íntegramente para cumplir con el objetivo de integración laboral plena; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 14 de noviembre de 2006, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo y por su intermedio al área de Personal del Municipio de Saladillo, la siguiente información:
a) Cantidad de Personal con Capacidades Diferentes permanentes físicas o mentales que integran la planta de empleados Municipales;
b) De este personal cuántos son planta permanente, cuántos transitorios, cuántos contratados.-
ARTICULO 2º: Solicítase al Departamento Ejecutivo y por su intermedio al área Discapacidad la siguiente información:
1) Si se encuentra en la planificación del Area la promoción antes las empresas locales la reserva del 4% para la inclusión de operarios con capacidades diferentes;
2) De existir el plan o programa se solicita elevar el mismo para toma de conocimiento y difusión.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil seis.-
COMUNICACION Nº 57/06.-