VISTO el expediente nº 141/05, iniciado por el Bloque “El Frente”, que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo copia del Acuerdo celebrado con la Provincia que autoriza a la Municipalidad a efectivizar el cobro de patentes de vehículos entre 1977 y1987;
que, dicha autorización surge del Convenio firmado oportunamente entre el Municipio de Saladillo y la Provincia de Buenos Aires, tal cual se alega en la Ordenanza Nº 32/03;
que, según surge de la mencionada Ordenanza aprobada por este Honorable Cuerpo, “por los vehículos radicados en el Distrito de Saladillo comprendidos en el Impuesto Automotor que han sido delegados en el Municipio de Saladillo abonarán los importes establecidos en el Acuerdo mencionado”;
que, en las actuaciones obrantes en este Honorable Cuerpo y que dieran marco a la sanción de la Ordenanza Nº 32/03 no consta el mencionado Acuerdo celebrado con la Provincia de Buenos Aires;
que, algunos vecinos de nuestra comunidad nos han manifestado inquietudes vinculadas al pago del impuesto a los automotores (patentes) de los vehículos modelos 1977 – 1987, para lo cual se requiere contar con dicho instrumento legal a los efectos de poder analizar las mismas; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 4 de octubre de 2005, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal remita a este Honorable Cuerpo copia del Acuerdo celebrado entre la Municipalidad de Saladillo y la Provincia de Buenos Aires a partir del cual la Municipalidad de Saladillo se encuentra autorizada a efectivizar el cobro de patentes de vehículos modelos comprendidos entre los años 1977 y 1987.-
ARTICULO 2º: Solicítase al Departamento Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Hacienda Municipal informe a este Honorable Cuerpo cual es la base imponible del derecho establecido en la Ordenanza Nº 32/03, como así también el plazo de prescripción del mencionado derecho.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil cinco.-
COMUNICACION Nº 43/05.-