VISTO el expediente nº 201/04, iniciado por el Bloque “El Frente”, que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo, un listado con la nómina de particulares frentistas que han sido autorizados para la extracción de árboles, en los años 2003-2004;

que, la Comunicación Nº 5/04, aprobada por este Honorable Cuerpo a iniciativa de este Bloque de Concejales;

que, dicha normativa solicitaba al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, “eleve al Honorable Cuerpo un listado con la nómina de particulares frentistas que han sido autorizados en los años 2003 y 2004 a la extracción de árboles”;

que, como se sabe, si bien desde la sanción de la misma ha pasado ya un tiempo prudencial, a la fecha, este Cuerpo no ha recibido respuesta alguna por parte de quienes son los responsables de brindar dicha información;

que, al igual que lo expresarámos en los fundamentos que diera lugar a dicha comunicación, resulta de nuestro interés obtener información acerca del cumplimiento de las Ordenanzas que regulan en materia de defensa, mejoramiento, ordenamiento, ampliación y recuperación de todos los componentes de los espacios verdes y del arbolado público que forman parte del Patrimonio Municipal de nuestra ciudad;

que, resulta difícil de comprender cómo en un Estado democrático y de derecho se burlan las iniciativas que desde el Departamento legislativo se aprueban en pos de poder actuar y legislar con toda la información que se requiera;

que, no obstante ello, este Bloque de Concejales insiste en la proposición del tema en cuestión a fin de poder analizar los procedimientos y acciones que se instrumentan en los espacios públicos de este Municipio; y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 7 de septiembre de 2004, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, eleve al Honorable Cuerpo un listado con la nómina de particulares frentistas que han sido autorizados en los años 2003 y 2004 a la extracción de árboles.-

ARTICULO 2º: Solicítase al Juzgado de Faltas Municipal que eleve detalle de las actas de infracción labradas durante los años 2003 y 2004, como así también a qué partidas fueron imputadas las infracciones impuestas a quienes infrigieron la normativa vigente en cuanto a la extracción de árboles sin autorización.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DESESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.-

COMUNICACION Nº 34/04.-

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