Ordenanza N° 33/1993

  • Fecha de sanción: 19/08/1993
  • N° Promulgación: 1530
  • Decreto Promulgación: 197/93

DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO LAOBRA DE ILUMINACION AV.JUAN MANUEL ORTIZ DE ROSAS

VISTO el expediente nº4098-1259/92, por el cual el Departamento Ejecutivo solicitó a la Dirección de Energía de la Provincia de Buenos Aires, la asistencia financiera para la Obra: «Iluminación de la Avenida Juan Manuel Ortiz de Rosas» (Acceso al Cristo); y

CONSIDERANDO que de acuerdo a la nota 1324 – expediente 2403-5318/92 (DEBA) se remite al Municipio para su consideración un contrato de préstamo de pesos cincuenta mil ($ 50.000) para la ejecución de dicha obra;

que, para la firma del mismo se solicita la autorización mediante Ordenanza;

que, el préstamo contempla un plazo de devolución en cinco años a partir de la fecha de vencimiento del período de gracia, con la mitad del interés fijado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para créditos de inversión;

que, la aceptación del préstamo permite la concreción de una obra largamente esperada, no solo por los vecinos adyacentes a dicho acceso, sino también por toda la comunidad;

que, el Municipio posee capacidad financiera suficiente para atender con recursos propios los compromisos que se contraen;

que, en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 11 de marzo de 1993, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que en su parte pertinente dice: «… aconseja sancionar como Ordenanza Preparatoria el proyecto de fojas 31 del citado expediente»;

que, el Departamento Ejecutivo oportunamente abrió un Registro de Oposición de acuerdo al artículo 21º de la Ordenanza General 165, no llegándose al 30% exigido por esa Ordenanza;

que, esto implica que los Señores vecinos se harán cargo íntegramente del costo de la obra;

que, en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes realizada el día 2 de agosto del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó la Ordenanza Preparatoria, introduciendo en los considerandos dos párrafos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar un préstamo con la Dirección Provincial de la Energía de Buenos Aires (DEBA), por la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000).-

ARTICULO 2º: El monto del citado empréstito será destinado a la Obra: «Iluminación de la Avenida Juan Manuel Ortiz de Rosas».-

ARTICULO 3º: El empréstito que se autoriza por el artículo 1º, será cancelado en el término de cinco años a partir del momento de percibido el total del préstamo, en cuotas trimestrales, con m s un interés equivalente al cincuenta por ciento (50 %) de la tasa fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para créditos de inversión, a la tasa existente a la fecha de cada vencimiento, no pudiendo en ningún caso superar la tasa vigente al momento de otorgarse el préstamo.-

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo deberá prever en futuros presupuestos los créditos necesarios para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta su cancelación.-

ARTICULO 5º: En garantía del fiel cumplimiento de los servicios de la deuda, la Municipalidad declara afectados los ingresos tributarios provenientes de la coparticipación por impuestos provinciales sin afectación.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres.-

ORDENANZA Nº33/93.-

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