Ordenanza N° 73/1993

  • Fecha de sanción: 22/12/1993
  • N° Promulgación: 1569
  • Decreto Promulgación: 331/93

BONIFICACION EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA, POR UNICA VEZ DE $ 22.50 POR AGENTE.-

VISTO el expediente nº204/93, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº1835/93, por el cual eleva proyecto de Ordenanza referente al pago de una Bonificación Extraordinaria no Remunerativa, por única vez de $ 22.50, por agente;

que, a fojas 1 del citado expediente consta el informe favorable del Contador Municipal; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria realizada el día 21 de diciembre del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja aprobar el proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Fíjase para el mes de diciembre de 1993, una «Bonificación Extraordinaria no Remunerativa» y por única vez de pesos veintidós con cincuenta centavos ($ 22,50), por agente, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la suma fija no remunerativa que se abona mensualmente al Personal.-

ARTICULO 2º: Amplíase las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente de acuerdo al siguiente detalle:

JURISDICCION I – HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

FINALIDAD I – ITEM 1
Bonificación Adicional 100.00

JURISDICCION II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO

FINALIDAD I – ITEM 1
Bonificación Adicional 1.700.00

FINALIDAD I – ITEM 2
Bonificación Adicional 2.100.00

FINALIDAD I – ITEM 3
Bonificación Adicional 100.00

FINALIDAD I – ITEM 4
Bonificación Adicional 60.00

FINALIDAD II – ITEM 1
Bonificación Adicional 500.00

FINALIDAD III – ITEM 1
Bonificación Adicional 2.600.00

FINALIDAD III – ITEM 2
Bonificación Adicional 500.00

FINALIDAD IV – ITEM 1
Bonificación Adicional 300.00

FINALIDAD V – ITEM 1
Bonificación Adicional 140.00

TOTAL 8.100.00

ARTICULO 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la siguiente partida:

FINALIDAD VI – A CLASIFICAR
Credito Adicional 8.100.00

TOTAL 8.100.00

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y tres.-

ORDENANZA Nº73/93.-

Buscar proyecto por concejal