VISTO el expediente nº 26/98, iniciado por la Sociedad Protectora de Desvalidos solicitando eximición de las Tasas Municipales a dos inmuebles (terrenos) ubicados en Alvarez de Toledo y Cabral de la ciudad de Saladillo; y

CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 1º de junio de 1998, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que menciona no tener facultades para otorgar eximiciones con efecto retroactivo, pero sí puede otorgarla a partir del ejercicio 1998, previo análisis de documentación que solicita a la Dirección de Acción Social;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo que a través del área de Acción Social informe a este Honorable Cuerpo si la Sociedad Protectora de Desvalidos de Saladillo está inscripta como Entidad de Bien Público con documentación al día.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los un día del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho.-

COMUNICACION Nº27/98.-

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