VISTO el expediente nº 234/98, iniciado por el Concejal Jorge A. Faretta de la U.C.R. que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo la colocación de carteles en cada una de las esquinas de la calle Pereyra entre Bozán y Ledesma, en el que se describa el nombre de la calle que cruza, la altura y la dirección en que corren;

que, a través del Convenio con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo y aprovechando el Plan UGE, Unidad Generadora de Empleo, impulsado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se ha realizado el asfalto de la Avenida Pereyra desde Bozán hasta Ledesma y que además el Municipio ha procedido a la iluminación de la mencionada arteria, que ha llevado a que se cambie totalmente la fisonomía del barrio y mejorado enormemente la calidad de vida de los vecinos de esa zona;

que, las mejoras mencionadas precedentemente han aumentado el tránsito de la calle en ese trayecto, dado que pasó a ser muy importante la afluencia de automóviles que circulan por la misma y es obligación del municipio y este Honorable Concejo Deliberante, tomar las medidas necesarias para reglamentar y mejorar todo lo que respecta al tránsito; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de octubre de 1998, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto de Resolución;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo la colocación de carteles en cada una de las esquinas de la calle Pereyra, en su trayecto desde Bozán hasta Ledesma, en el que se describa el nombre de la calle que cruza, la altura y la dirección en que corren, para de esta manera mejorar y ordenar el tránsito de los automotores y demás vehículos en ese barrio y orientar a los ciudadanos que dirigiéndose por Pereyra, buscan la numeración de casas que están sobre la misma o sobre las calles que se hacen intersección con ella.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho.-

COMUNICACION Nº 70/98.-

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