VISTO el expediente nº 219/96, iniciado por el Concejal Nicolás Genaro Di Giulio -P.J.-, mediante el cual eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo, que incluya en las ejecuciones venideras del Plan Familia Propietaria, a las comunidades de Cazón, Toledo, Del Carril y Polvaredas;
que, en Saladillo se está llevando a cabo el programa provincial de la Familia Propietaria, a través del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y cuyas primeras ejecuciones administrativas ya se vienen realizando;
que, sería fundamental para un desarrollo integral de nuestra población en cuanto a la ocupación gradual y proporcional del territorio de nuestro Partido, que se vayan gestando y planificando la construcción de viviendas en localidades que realmente lo necesitan como la de Del Carril, entre otras;
que, también debemos fomentar el derecho de arraigo que ha argumentado y puesto en marcha nuestro Gobernador Provincial, Doctor Eduardo Duhalde, por ello se hace imperioso que otras localidades, amén de la mencionada más arriba tengan ese derecho natural de contar con la mismas posibilidades, fomentando concretamente un asiento natural de la familia en el suelo en que nació y se desarrolla;
que, los programas hasta ahora se han previsto para la Planta Urbana de nuestro Partido, debiendo no olvidarnos de las realidades poblacionales menores, pero con no menos derechos y potencialidades humanas; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 28 de agosto del año 1996, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo, que incluya en las ejecuciones venideras del Plan Familia Propietaria, y para que se asienten allí sus familias en función de un derecho natural de arraigo, a las comunidades de Cazón, Toledo, Del Carril, Polvaredas, y cualquier otro núcleo poblacional que demuestre necesidades colectivas o individuales.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y seis.-
COMUNICACION Nº 42/96.-