VISTO el expediente nº57/94, iniciado por los Concejales Crognale, Nanni, Salvatierra y Giordano -P.J.-, mediante el cual elevan proyecto de Ordenanza solicitando se coloque un enrejado protector en todas las bocas de tormenta de la ciudad;
que, lo solicitado en comunicación de fecha 25 de febrero del corriente con respecto al funcionamiento y seguridad de las bocas de tormenta de Saladillo;
que, el tamaño de algunas de estas bocas, poseen dimensiones considerables de ingreso;
que, las mismas permiten la entrada de líquidos como de desechos (latas, cajones, cartones, bolsas, plásticos, etc.);
que, también su abertura permite el paso de animales de cierto porte como perros, gatos, roedores, etc.;
que, puede ocasionar lamentables accidentes a nuestros vecinos especialmente a los niños;
que, al encontrarse taponadas en días de lluvias no son visualizadas con facilidad;
que, el valor humano y su seguridad debe ser fundamental en toda obra pública; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria realizada el día 6 de junio del año 1994, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que aconseja sancionar una Comunicación al Departamento Ejecutivo a los efectos de que realice un relevamiento de las bocas de tormenta;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo un relevamiento de las bocas de tormenta y evalúe la posibilidad de colocar algún sistema de protección en aquellas que puedan presentar peligro para los niños especialmente y transeúntes en general; como así también evitar el ingreso de residuos y/o elementos que pudieren obstruir el sistema de desagües pluviales.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro.-
COMUNICACION Nº34/94.-