Ordenanza N° 18/2004
- Fecha de sanción: 08/06/2004
- N° Promulgación: 2135
- Decreto Promulgación: 725/04
MODIFICAR EL ART. 11? DE LA ORD. COMPLEMENTARIA DEL PRESUPUESTO 2004 SOBRE BONIFICACION EXTRAORDINARIA.-
VISTO el expediente nº 130/03 – Alc. 1, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1690/04, que eleva proyecto de Ordenanza modificando el artículo 11 de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos para el año 2004, sobre la Bonificación Extraordinaria; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 8 de junio de 2004, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza en cuestión;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 11º de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos para el año 2004, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 11º: Fíjase una “Bonificación Extraordinaria” que se abonará en dos cuotas en los meses de junio y diciembre de cada año, equivalente, cada cuota, al 50 % de la Suma Fija no remunerativa que se abona mensualmente a todo el Personal Municipal, incluido Superior y Jerárquico, vigente al momento de su devengamiento”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de junio del año dos mil cuatro.-
ORDENANZA Nº 18/04.-