Ordenanza N° 18/2004

  • Fecha de sanción: 08/06/2004
  • N° Promulgación: 2135
  • Decreto Promulgación: 725/04

MODIFICAR EL ART. 11? DE LA ORD. COMPLEMENTARIA DEL PRESUPUESTO 2004 SOBRE BONIFICACION EXTRAORDINARIA.-

VISTO el expediente nº 130/03 – Alc. 1, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1690/04, que eleva proyecto de Ordenanza modificando el artículo 11 de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos para el año 2004, sobre la Bonificación Extraordinaria; y

CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 8 de junio de 2004, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza en cuestión;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 11º de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos para el año 2004, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 11º: Fíjase una “Bonificación Extraordinaria” que se abonará en dos cuotas en los meses de junio y diciembre de cada año, equivalente, cada cuota, al 50 % de la Suma Fija no remunerativa que se abona mensualmente a todo el Personal Municipal, incluido Superior y Jerárquico, vigente al momento de su devengamiento”.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de junio del año dos mil cuatro.-

ORDENANZA Nº 18/04.-

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