Ordenanza N° 46/2003

  • Fecha de sanción: 14/11/2003
  • N° Promulgación: 2113
  • Decreto Promulgación: 354/03

TRANFERIR AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA PCIAL. 15 LOTES DE TERRENO PARA CONSTRUIR VIVIENDAS A TRAVES DE COVISA

VISTO el expediente nº 120/03, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3293/03, que eleva proyecto de Ordenanza transfiriendo al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, 15 lotes de terreno para construir viviendas a través de CO.VI.SA.;

que, la presentación realizada al Sr. Intendente Municipal por la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo CO.VI.SA. Limitada de Saladillo para construir 15 viviendas en nuestra ciudad;

que, esta Institución ha tenido el apoyo municipal desde su conformación en la realización de diversos trámites para su legalización;

que, el estado municipal debe propender por sí mismo y/o a través de asociaciones intermedias a paliar el déficit habitacional existente en nuestro medio, tal es el caso de CO.VI.SA.;

que, sus integrantes son vecinos de esta localidad que se han agrupado para resolver la carencia de una necesidad básica común, tal es el caso de la falta de una vivienda propia para residencia del grupo familiar;

que, CO.VI.SA. se halla inscripta como Entidad de Bien Público bajo el nº 244 en los archivos municipales;

que, la construcción de viviendas generará mano de obra local y también el comercio de Saladillo tendrá la oportunidad de ofrecer sus servicios;

que, el principal obstáculo para construir las unidades habitacionales es la falta de financiamiento adecuado a las posibilidades de sus integrantes;

que, existe en la Provincia de Buenos Aires un organismo específico en esta temática, tal es el caso del Instituto Provincial de la Vivienda (I.V.B.A.) al cual CO.VI.SA. se ha dirigido solicitando una asistencia financiera cuyas gestiones corren por expediente 2416-12064/03;

que, el I.V.B.A. requiere como uno de los puntos a cumplimentar para conceder apoyo crediticio la cesión de los terrenos a su nombre y a título gratuito;

que, de acuerdo al informe de la Secretaría de Obras Pública es factible la ampliación de los servicios básicos para la implantación de viviendas;

que, el Municipio dispone de 15 lotes de terreno de su propiedad ubicados en la zona del Barrio Arquitectura cuya titularidad se halla documentada por Decreto Provincial de Donación Nº 4241/87 y Ordenanza de Aceptación Nº 1008, Plano de Subdivisión aprobado por la Dirección de Geodesia Nº 93-34-86; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 14 de noviembre de 2003, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza en cuestión;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Transfiéranse al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, 15 lotes de terrenos en la ciudad de Saladillo denominados catastralmente como: Circunscripción I; Sección H, Chacra 198, Fracción I, Manzana 198-v, Parcelas: 1º a 15º.- La ubicación de los mismos se detalla en plano de subdivisión aprobado por la Dirección de Geodesia con el Nº 93-34-86.-

ARTICULO 2º: La presente cesión se realiza a título gratuito y con cargo a la construcción de un plan de quince viviendas a través de la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo CO.VI.SA. Limitada de Saladillo con financiamiento del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, otorgándose un plazo máximo de tres (3) años contados a partir de la sanción de la presente para la realización del proyecto.- Transcurrido dicho plazo y no habiéndose cumplimentado el cargo, el dominio de las tierras quedará retrotraído de pleno derecho a nombre de la Municipalidad de Saladillo.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil tres.-

ORDENANZA Nº 46/03.-

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