VISTO el expediente nº182/93, iniciado por ambos Bloques de Concejales de Saladillo, mediante el cual elevan proyecto de Comunicación recomendando al Departamento Ejecutivo proveer en el proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 1994, una partida para reposición y/o compra de vehículos para la movilidad de alumnos de niveles escolares;
que, el incremento progresivo que en las dos últimas décadas viene evidenciando Saladillo en cuanto al compromiso del Municipio con relación a garantizar la cantidad e incentivar la calidad de educación sistemática que reciben nuestros niños y adolescentes;
que, así como cuidamos a los alumnos se debe contar con la infraestructura que posibilita el cumplimiento de los objetivos en tal sentido;
que, el desafío de la “EDUCACION PARA TODOS” pasa justamente por la compatibilización de la cantidad con la calidad de los servicios que se prestan;
que, la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires cubre todos los aspectos, principalmente en cuanto a los recursos humanos, pero el mayor déficit esta dado por la falta de las movilidades que las características de algunos servicios demandan para su normal funcionamiento;
que, la mayoría de las prestaciones existentes se encuentran bajo el rea del Municipio, siendo el parque automotor obsoleto e insuficiente,
que, la demanda de la Comunidad Educativa continúa siendo creciente, ya que las Políticas Provinciales en Educación, Salud y Acción Social, están siendo acompañadas por el accionar del Departamento Ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 1º de noviembre del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el presente Proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de facultades que les son propias acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Recomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal preveer en el proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 1994, una partida para la reposición y/o compra de vehículos con afectación exclusiva a la movilidad de alumnos de niveles educativos comprendidos en edades de obligatoriedad escolar pautada por la legislación vigente.-
ARTICULO 2º: Solicítase del Departamento Ejecutivo realizar gestiones ante la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires tendiente a la firma de convenios que favorezcan los objetivos ut-supra planteados.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a Primero de noviembre de mil novecientos noventa y tres.-
COMUNICACION Nº52/93.-