Ordenanza N° 8/2003
- Fecha de sanción: 29/05/2003
- N° Promulgación: 2075
- Decreto Promulgación: 152/03
ESTABLECER ESTACIONAMIENTO EN 45? EN DIVERSAS CALLES.- DEROGAR TODAS LAS ANTERIORES DE ESTACIONAMIENTO.-
VISTO el expediente nº 43/03, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1438/03, que eleva proyecto de Ordenanza estableciendo el estacionamiento en 45º en diversas calles de nuestra ciudad;
que, la necesidad de provocar un ordenamiento, ampliación y unificación de los estacionamientos a 45º establecidos por las Ordenanzas vigentes 52/96, 89/90, 59/89, entre otras;
que, mediante expediente 2410-8-1670/02 el Departamento Ejecutivo solicitó a la Sub Gerencia de Planificación Vial subdivisión de seguridad vial de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, información técnica respecto del tipo de estacionamiento a 45º aconsejando unificar todos en el sentido hacia atrás;
que, las normativas vigentes sólo establecen el estacionamiento a 45º sin especificar el sentido del mismo, de frente o hacia atrás;
que, en virtud de lo observado con el movimiento vehicular en las principales avenidas de la planta urbana de Saladillo y lo solicitado por el Honorable Concejo Deliberante mediante la Comunicación Nº 46/02, entre otras; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de mayo de 2003, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que decide aprobar el proyecto en cuestión;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establécese el estacionamiento en 45º hacia atrás en las siguientes calles y manos:
a. Avenida Rivadavia entre Avenida Pereyra y Avenida Cabral (mano de los números impares);
b. Avenida San Martín entre calle J.A. Roca y calle 12 de Octubre (mano de los números pares);
c. Avenida Moreno entre Avenida Bozán y Avenida L.N. Alem (mano de los números impares);
d. Avenida Belgrano entre calle Alvarez de Toledo y Avenida L.N. Alem (mano de los números pares).-
ARTICULO 2º: Deróguese la Ordenanza 1211 (59/89, el artículo 1º de la Ordenanza 1323 (89/90), 1466 (58/92), el artículo 1º de la Ordenanza 1755 (52/96 y toda otra norma que se oponga a la presente.-
ARTICULO 3º: Como anexo de la presente Ordenanza se incluyen un dibujo instructivo del estacionamiento en paralelo y a 45º hacia atrás y el plano de la planta urbana de Saladillo con el detalle de las cuadras mencionadas en el artículo 1º.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil tres.-
ORDENANZA Nº 8/03.-