Ordenanza N° 28/1994
- Fecha de sanción: 08/06/1994
- N° Promulgación: 1598
- Decreto Promulgación: 138/94
DECLARANDO INTERES PUBLICO Y PAGO OBLIGATORIO LA OBRA PAVIMENTO CALLE SOJO ENTRE ALISAL Y ROJAS.-
VISTO el expediente nº161/94, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº832/94, por el cual eleva proyecto de Ordenanza declarando de interés público y pago obligatorio la Obra de pavimento Urbano de la calle Ministro Sojo entre Alisal y Rojas;
que, reiterados pedidos de los vecinos de la calle Sojo entre Alisal y Rojas, como así también los de la calle Rojas entre Moreno y Roca;
que, por ampliación de la obra que se está realizando en la calle Alisal es posible pavimentar una calle más respecto del proyecto original;
que, entendemos que esa cuadra debería ser la calle Sojo entre Alisal y Rojas, ya que conformaría una ordenada traza en el desarrollo del asfalto para prever futuras concreciones, y por el r pido recupero económico de la misma, según informe adjunto de la Dirección de Finanzas; y
CONSIDERANDO que en la continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 30 de mayo del año 1994, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja aprobar el proyecto de Ordenanza;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la Obra de Pavimento Urbano para todos los vecinos propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados, ubicados en la calle Sojo entre Alisal y Rojas.-
ARTICULO 2º: Serán de aplicación los artículos 2º, 3º, 4º, 5º y 6º la Ordenanza Nº2/94.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro.-
ORDENANZA Nº28/94.-