Ordenanza N° 60/2002
- Fecha de sanción: 29/11/2002
- N° Promulgación: 2065
- Decreto Promulgación: 219/02
CONVENIO PARA LA CAPACITACION TEORICA DE ASPIRANTES A CONDUCTORES DE VEHICULOS DEL PARTIDO DE SALADILLO, CON LA DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL.-
VISTO el expediente nº 255/02, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1874/02, que eleva proyecto de Ordenanza suscribiendo el convenio para la Capacitación Teórica de Aspirantes a Conductores de Vehículos de Saladillo, con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires;
que, la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, a través de su Centro de Educación Vial dependiente de la Zona Vial VI, desarrollará la capacitación teórica de los aspirantes a recibir la habilitación de conducir, en las diversas tipologías de licencias;
que, como contraprestación, el Municipio derivará del ingreso producido de las multas el porcentaje correspondiente a la D.V.B.A. -con el cual la Repartición Vial podrá producir el material necesario para la puesta en práctica de la capacitación- como asimismo, y a requerimiento de la D.V.B.A., otorgará a ésta los Códigos de Tránsito necesarios para realizar la capacitación;
que, el porcentaje de lo que percibe el municipio en concepto de pago de multas por infracción a la Ley 11.430, y que corresponde a la D.V.B.A., se encuentra previsto en esta Ley -Art. 130-; que, debido a ello, y para el caso de proceder a la suscripción del instrumento, el Municipio aumentaría gastos en relación a los Códigos de Tránsito que deberá proveer a la D.V.B.A.;
que, conforme al art. 41 de la Carta Orgánica de las Municipalidades el Convenio objeto del presente debe ser autorizado por el Honorable Concejo Deliberante de Saladillo; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de noviembre de 2002, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja sancionar el mencionado proyecto de Ordenanza para celebrar el Convenio con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorícese a la Municipalidad de Saladillo a suscribir el «Convenio para la Capacitación Teórica de Aspirantes a Conductores de Vehículos del Partido de Saladillo», con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil dos.-
ORDENANZA Nº 60/02.-