Ordenanza N° 52/2002
- Fecha de sanción: 27/09/2002
- N° Promulgación: 2057
- Decreto Promulgación: 229/02
EXIMIR DEL PAGO DE LA TASA DE RED VIAL A FAVOR DELA ESTANCIA «EL POTRILLO».-
VISTO el expediente nº 26/02, iniciado por el Ingeniero Hidráulico y Civil, Alejandro Labala, que eleva nota solicitando eximición de Tasas a favor de la Estancia «El Potrillo»; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 27 de setiembre de 2002, este Concejo Deliberante aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja aprobar una Ordenanza;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para que proceda a eximir del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal en las proporciones que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos estime corresponder a los propietarios de parcelas encuadradas como «Lagunas Permanentes» no afectadas a actividades recreativas o turísticas.-
ARTICULO 2º: Para acogerse al Beneficio otorgado en el artículo anterior deberán cumplirse anualmente los siguientes requisitos:
a) Presentación de la copia del Título de Propiedad;
b) Presentación de Declaración Jurada por las Hectáreas Inundadas;
c) Figurar como «Lagunas Permanentes» en los planos de la Dirección Provincial de Geodesia;
d) Autorización por escrito para que la persona que el Departamento Ejecutivo designe, realice la inspección y emita el correspondiente informe.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil dos.-
ORDENANZA Nº 52/02.-