VISTO que la mayoría de los propietarios de casas en el Barrio Arquitectura no cuentan con la escritura definitiva ya que se encuentra trabada por un trámite a realizar ante el Instituto de la Vivienda en primer orden y posteriormente ante la Escribanía General de Gobierno; y

CONSIDERANDO que habiéndose saldado su deuda ante dicho Instituto nos le fue entregado la escritura definitiva a los vecinos; y

que, ello se puede tramitar por intermedio de la Municipalidad elevando constancias de pago de Hipoteca;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus facultades que le son propias acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo formar expediente con constancia de saldo de deuda hipotecaria por parte de los vecinos del Barrio Arquitectura.

ARTICULO 2°: Elevése dicho expediente al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires para que tramite la Escrituración definitiva de las viviendas pertenecientes a dicho Barrio.

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.

COMUNICACIÓN N° 37/88.-

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