VISTO que la Sala de Primeros Auxilios de Del Carril carece de leche para el suministro a vecinos indigentes; y

CONSIDERANDO que velar por la Salud de la población es prioridad número uno para este Concejo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo provea de sesenta (60) litros de leche mensuales a la Sala de Primeros Auxilios de Del Carril, en las medida de la posibilidades de la subsecretaría de Acción Social.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.

COMUNICACIÓN N° 79/88.-

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