VISTO que el Departamento Ejecutivo se halla abocado al mantenimiento, repavimentación y mejoramiento en general de las arterias pavimentadas de nuestra planta urbana, y

CONSIDERANDO con esta tarea el Municipio responde a una necesidad largamente esperada por la comunidad toda, que este Honorable Cuerpo destaca el alcance de tan magna obra y que atento a su alto valor de uso y económico, vería con agrado que la preservación y mantenimiento se arraigue en cada uno de los vecinos beneficiarios y que cada uno asuma su verdadera responsabilidad haciendo uso racional de la citada red vial;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo informe a este Honorable Concejo Deliberante si ha previsto intensificar la aplicación de las normas de tránsito vigentes o es necesario una nueva Ordenanza, a fin de preservar las obras de mejoramiento de las calles recientemente repavimentadas de nuestra Ciudad, en especial aquellas que refieran al tránsito pesado en la planta urbana.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis.

COMUNICACIÓN  N° 45/86.-

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