VISTO la necesidad de construir nichos en el cementerio de Del Carril; y
CONSIDERANDO que siempre ha sido el servicio citado prestado por la Comuna, en especial para atender un reclamo justo de las familias carenciadas que ven imposibilitadas de poder construir con recursos propios este tipo de edificación, que en la Localidad precitada se están agotando las reservas municipales existentes de nichos y que por lo tanto a fin de tomar las precauciones del caso;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTICULO 1°: Instase al Departamento Ejecutivo a los efectos de que prevea la construcción de 20 (Veinte) nichos municipales en el Cementerio de la Localidad de Del Carril.
ARTICULO 2°: Se efectúen las reservas presupuestarias para el próximo ejercicio, de no haber disponibilidad en el presente de 1986, para atender la erogación que demande la obra citada.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis.