VISTO que este Honorable Concejo Deliberante aprobara una Comunicación mediante la cual se requería al Departamento Ejecutivo que contemplara la posibilidad de instrumentar el funcionamiento de una “Feria Franca” en nuestra Ciudad; y
CONSIDERANDO que la respuesta a la inquietud por parte del Departamento Ejecutivo requería que a través de este Cuerpo se reglamentara el modo de llevarla a la práctica, y que en oportunidad de una reunión de productores organizada por el Banco Local Cooperativo Limitado, de la que participaron un Concejal por cada Bloque, surge la posibilidad de que sean los propios productores los encargados de elaborar un proyecto que contemple todos los aspectos organizativos de la Feria precitada;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de atribuciones que les son propias sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTICULO 1°: Dirigirse a las Autoridades del Banco Local Cooperativo Limitada para que oficie de intermediario ante el grupo de productores que se encuentran organizándose, a fines productivos y de comercialización, con el asesoramiento de técnicos en la materia convocados por dicho Banco, solicitándole la elaboración de un proyecto que contemple todos los aspectos que permitan hacer funcionar en nuestro medio una “FERIA FRANCA”.
ARTICULO 2°: Recomiéndase una respuesta sobre lo peticionado por el artículo 1° dentro de los sesenta (60) días a partir de la aprobación de la presente.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a primero de septiembre de mil novecientos ochenta y seis.
COMUNICACIÓN N° 63/86.-