VISTO que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires, el plazo para acordar la Provincialización de los servicios de aguas corrientes y cloacas, venció el 30 de Septiembre de 1986, y

CONSIDERANDO que el problema que puede llegar a ocasionar el mal funcionamiento de la planta de Cloacas, dadas las importantes deficiencias técnicas existentes, puede llegar a tener consecuencias gravísimas para la Ciudad de Saladillo, dado el alto grado de contaminación que se puede originar si no se toman en su debido tiempo las medidas atinentes a encontrar una solución de fondo,

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe a este Cuerpo, a la mayor brevedad, cuales han sido las decisiones que se han tomado respecto a la firma del Convenio con la Dirección de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires, en el sentido de la Provincialización de los Servicios de Aguas Corrientes y Cloacas.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y seis.

COMUNICACIÓN N° 73/86.-

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