VISTO el Expediente N° 135/85 relativo al interés nacional que despierta el estudio de la enfermedad celíaca, la difusión de sus conocimientos de tratamiento y la importancia que llegue a amplios sectores de la comunidad; y
CONSIDERANDO que las Municipalidades desde su ámbito pueden contribuir eficazmente a los fines perseguidos en el Proyecto de Ley que tiene a consideración la Legislatura Nacional;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
C O M U N I CA C I Ó N
ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo tome contacto con la Asociación Celíaca Argentina para que considere la posibilidad de realizar un acto de divulgación en nuestro medio, para informar sobre las características de la afección, el tratamiento adecuado y la instrumentación de un registro de Control para enfermos y de los productos alimenticios aptos para el enfermo Celíaco.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de agosto de mi novecientos ochenta y cinco.
COMUNICACIÓN N° 6/85.-