VISTO el expediente n° 333/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente n° 5753/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio con el Sr. Pablo Dionisio Rodríguez, en concepto de indenmización por daños en el paredón de su propiedad;
que, el expediente 5753-A-2022 por medio a fs. 1, desde la oficina de arbolado urbano, área dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Saladillo, se pone en conocimiento que el día 19 de octubre de 2022, en circunstancias en que la cuadrilla municipal se encontraba extrayendo un árbol de gran porte, en calle Alberdi N° 3318, al momento de voltearlo, el mismo se giró, cayendo sobre la vereda y golpeando un paredón de placas, ocasionando su rotura; y
que, a fs. 5 se presenta el Sr. Rodríguez Pablo Dionisio, quien solicita la reparación del paredón, acompaña copia de escritura, de Documento Nacional de Identidad, y presupuestos;
que, de la copia del testimonio de la escritura de adjudicación de bienes N° 8, pasada ante el notario Eduardo Mario de Jesús Rivarola surge que el Sr. Rodríguez Pablo Dionisio es el propietario del inmueble en cuestión, cuya ubicación se encuentra en la calle Mitre N° 2098, ocupando parte de la calle Alberdi, siendo la nomenclatura catastral: Circunscripción I, Sección H, Chacra 205, Manzana 205 C, Parcela 4 A, Partida 9703;
que, en fecha 02 de noviembre de 2022 emite dictamen el Director de Asuntos Legales, aludiendo que según los artículos 1764 y 1765 del Código Civil y Comercial de la Nación, sus disposiciones son inaplicables en materia de responsabilidad del Estado, la que es regulada por normas de Derecho Público Administrativo local o nacional, según sea el caso;
que, en este supuesto rige la OM 09/90 cuyo artículo 13 incisos “a” y “e” enumera las siguientes obligaciones de la autoridad de aplicación: manejar el arbolado público atendiendo a su poda, fertilización, despunte, raleo, forestación y sanidad. Y, extraer árboles secos, mal desarrollados, en estado insalvable y peligroso, por cuenta y riesgo de la misma, siempre que se encuentren en esas condiciones por causas no imputables al frentista;
que, ante lo expuesto entiende que es posible que desde la Administración Municipal se repare el daño acaecido en el bien inmueble referido;
que, en fecha 02 de noviembre de 2022 se celebra convenio entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. Pablo Dionisio Rodríguez, D.N.I. 28.215.570, donde la Municipalidad reconoce adeudar al Sr. Rodríguez la suma de pesos noventa y cinco mil ($ 95.000,00) en concepto de indemnización ante el daño que le causara el día 19 de octubre de 2022 la caída de un árbol, perteneciente al arbolado público y que estaba siendo extraído por personal municipal, sobre el paredón de su propiedad;
que, conforme al artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 el acuerdo debe ser elevado al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación;
que, dada la obligación asumida por la Municipalidad, y la premura que merece la cuestión por la situación económica inflacionaria, se procedió al pago de lo pactado, mediante un Decreto Nº 2965/2022 del Departamento Ejecutivo, ad referéndum de la aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 29 de noviembre de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el convenio suscripto con fecha 2 de noviembre de 2022 entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. Pablo Dionisio Rodríguez, D.N.I. 28.215.570, donde la Municipalidad reconoce adeudar al Sr. Rodríguez la suma de pesos noventa y cinco mil ($95.000,00) en concepto de indemnización ante el daño que le causara el día 19 de octubre de 2022 la caída de un árbol, perteneciente al arbolado público y que estaba siendo extraído por personal municipal, sobre el paredón de su propiedad.
ARTÍCULO 2°: Convalidar el pago efectuado mediante Decreto Nº 2965/2022.
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.-
ORDENANZA N° 111/2022.-