VISTO el expediente Nº 117/2023, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 814/2023, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Justo Godoy y la Sra. María Angélica Ríos; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 6 de junio de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 100% el pago de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y el 100% de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTÍCULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 4º de la Ordenanza Nº 97/2021, del 100% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y el 100% de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a favor del Sr. Justo GODOY (D.N.I. Nº 12.853.747) y la Sra. María Angélica RÍOS (D.N.I. N° 12.854.638), con domicilio en calle Alberdi N° 2877, de nuestra ciudad.-

ARTÍCULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de junio del año dos mil veintitrés.-

DECRETO H.C.D. Nº 22/2023.-

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