VISTO el expediente n° 111/2023, iniciado por el Bloque de Concejales del Frente de Todos, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre el funcionamiento de la hormigonera municipal;
que, los servicios que se prestan a la comunidad dependientes del Corralón Municipal, la diversidad de funciones que en el mismo se realizan, las condiciones en que se encuentra el predio y el personal que en el mismo trabaja;
que, puntualizamos en este caso preciso en el funcionamiento de la hormigonera;
que, la misma tiene la función de responder a demandas de la comunidad referente al avance de infraestructura referente a servicios urbanos;
que, la misma habilita la fabricación de tubos, ladrillos, cordón cuneta y asfalto;
que, esta fabricación permite optimizar servicios prestados por la Municipalidad a sus habitantes;
que, la producción por administración evita la tercerización de la producción, siendo este un factor fundamental en el abaratamiento de costos de producción. Lo que permite aumentar la producción disminuyendo los costos;
que, a través de la producción municipal se puede avanzar de manera más rápida en dar soluciones a demandas de los vecinos, atendiendo con mayor prontitud a situaciones de vulnerabilidad;
que, en el año 2.010 el Municipio de Saladillo adquirió una planta hormigonera con el propósito de fabricar materia prima a un costo menor a fin de avanzar en la prestación de servicios urbanos;
que, según informaron los empleados hace muy poco tiempo se reparó la hormigonera para ponerla en funcionamiento en sus óptimas condiciones;
que, oportunamente se capacitó personal para operar con la planta hormigonera; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 26 de junio de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad, el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, informe a la brevedad posible, acerca de los siguientes puntos respecto al funcionamiento de la Hormigonera Municipal y el personal que allí se desempeña:
- ¿Cuál es el estado en que se encuentra la hormigonera?
- ¿Cuánto personal está destinado para trabajar en la misma?
- ¿Cuánto personal ha sido capacitado para operar con la hormigonera?
- ¿Qué está fabricando la hormigonera actualmente?
- ¿Qué cantidad de producción diaria realiza (medida en unidades o en metros)?
- ¿qué cantidad de tubos?
- ¿qué cantidad de ladrillos?
- ¿cuántos metros de cordón cuneta?
- ¿cuántos metros de asfalto?
- ¿Esta producción es el máximo de su capacidad teniendo en cuenta cantidad de horas de trabajo y empleados asignados?
- ¿Qué capacidad de producción tendría si funcionaría al máximo de su capacidad?
- ¿A qué se destina la producción realizada?
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil veintitrés.-
COMUNICACIÓN N° 17/2023.-