VISTO el expediente Nº 153/2023, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 846/2023, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. María Luisa Di Carlo; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 26 de junio de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 100% el pago de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y el 100% de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 4º de la Ordenanza Nº 97/2021, del 100% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y el 100% de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a favor de la Sra. María Luisa DI CARLO (D.N.I. Nº 5.622.975), con domicilio en calle Alisal 2446, de nuestra ciudad.-
ARTÍCULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil veintitrés.-
DECRETO H.C.D. Nº 40/2023.-