VISTO el expediente n°206/2023, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente n°6211/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a adjudicar en venta un inmueble a favor de María Lorena Valsecchi y Aníbal Daniel Celeri;
que, el expediente 6211-V-2021 fue iniciado por María Lorena Valsecchi, D.N.I. N° 22.020.199 y Aníbal Daniel Celeri, D.N.I. N° 16.302.521, mediante el cual solicitan se les otorgue la escritura traslativa de dominio del inmueble que habitan, cuya nomenclatura catastral es Circ. I; Secc. E; Chacra 101; Mna. 101u; Par. 5; Partida: 093-16.546;
que, de la encuesta social obrante a fs. 28/29 surge que los solicitantes conviven en el inmueble mencionado junto a sus dos hijas;
que, de la documentación obrante a fs. 31/36 surge que el inmueble de referencia es de propiedad de la Municipalidad de Saladillo;
que, en base a las constancias obrantes en el expediente, el Director de Asuntos Legales entiende que debería transferirse el inmueble a favor de los peticionantes, fijándose el precio de la venta en la suma de pesos dieciocho mil ochocientos cincuenta y ocho ($18.858,00);
que, el artículo 54° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dispone que “corresponde al Concejo aprobar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad”;
que, por su parte el artículo 3° de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…”; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 8 de agosto de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Adjudicar en venta a favor de María Lorena Valsecchi, DNI 22.020.199 y Aníbal Daniel Celeri, D.N.I. N° 16.302.521, por la suma de pesos dieciocho mil ochocientos cincuenta y ocho ($18.858,00), el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Chacra 101, Manzana 101u, Parcela 5, Partida Inmobiliaria 093-16.546, inscripto en la matrícula 14.388 del Partido de Saladillo (093).-
ARTÍCULO 2°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor de María Lorena Valsecchi, D.N.I. N° 22.020.199 y Aníbal Daniel Celeri, D.N.I. N° 16.302.521, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.-
ORDENANZA N° 58/2023.-