VISTO el expediente n°334/2023, iniciado por el Bloque de Juntos quien eleva proyecto de Resolución solicitando a la Dirección de Vialidad Provincial, Zona VI, realice diferentes acciones en las zonas de la cercanía de la Escuela Primaria N° 43, y J.I.R.I.M.M. N° 4 y la intersección de la Ruta Provincial N°91 y camino secundarios 9313;
que, el reclamo que realiza la comunidad de vecinos y vecinas del paraje La Campana respecto a la necesidad de contar con más señalizaciones en la ruta Provincial N° 91, zona de la E.P. N° 43 y J.I.R.I.M.M. N° 4;
que, la ruta mencionada es acceso a la ciudad cabecera de Saladillo;
que, es altamente transitada por vecinas y vecinos de la ciudad cabecera, parajes de la zona rural y de la vecina ciudad de Las Flores, no solo por vehículos sino también por maquinarias agrícolas;
que, mayoritariamente el tránsito en la extensión de esta ruta se caracteriza por la alta velocidad dado que no existe una adecuada señalización respecto a las velocidades máximas;
que, el mantenimiento de la ruta mencionada corresponde a la Dirección de Vialidad de la provincia de Buenos Aires, Zona VI;
que, el distribuidor, o más conocida como rotonda de La Campana, aún no fue acondicionado con las luminarias e instalación eléctrica necesaria;
que, este distribuidor cuenta con señalización vertical que resulta insuficiente;
que, es necesario que este distribuidor se encuentre adecuadamente iluminado y señalizado de acuerdo a la normativa de seguridad vial;
que, es necesario avanzar en acciones para mejorar la seguridad y transitabilidad de la Ruta Provincial N° 91;
que, en el kilómetro 17 se encuentra la E.P. N° 43 y J.I.R.I.M.M. N° 4;
que, la seguridad niños y niñas, docentes y familias de dicha comunidad educativas debe ser una prioridad de cuidado;
que, la comunidad educativa reclama la cartelería necesaria para indicar velocidades máximas en las cercanías de la escuela como así otras que informen de la existencia de dichos servicios educativos;
que, la Ley Nacional de tránsito Nº 24.449 en su artículo 51 establece que, en proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas: velocidad precautoria no mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento;
que, las señales de tránsito cumplen un rol fundamental para la convivencia y la seguridad vial, anticipan e informan para evitar accidentes;
que, el Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Públicos realiza sistemáticamente gestiones ante la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires para dar respuesta a estos reclamos; y
CONSIDERANDO que en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 21 de noviembre de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección de Vialidad Provincial, Zona VI, coloque la señalización vertical faltante y necesaria en la cercanía a la Escuela de Educación Primaria N° 43 y J.I.R.I.M.M. N° 4.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar a la Dirección de Vialidad Provincial, Zona VI, efectivice el recambio de luminarias e instalación eléctrica necesaria de la rotonda y/o distribuidor de la intersección de la Ruta Provincial N° 91 y camino secundario N° 093/13.-
ARTÍCULO 3°: Solicitar a la Dirección de Vialidad Provincial, Zona VI, realice la adecuada señalización vertical y horizontal en la rotonda y/o distribuidor de las intersecciones de los caminos secundario 0093/13 y Ruta provincia N° 91.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar a la Dirección de Vialidad Provincial –Zona VI-; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.-
RESOLUCIÓN N° 34/2023.–