PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO la importancia de fomentar el consumo de productos locales y sabiendo que esto trae aparejado el crecimiento de la producción local generando así un círculo virtuoso que favorece a toda la comunidad; y
CONSIDERANDO
Que las políticas públicas municipales deben buscar consolidar los lazos del tejido social y económico, que contribuyan a la cohesión y unión entre quienes son parte del ecosistema social;
Que es esencial el promover, difundir, estimular y alentar el consumo de los productos locales, como forma de sostener y hacer crecer nuestra economía local;
Que es fundamental contribuir al desarrollo y fortalecimiento de las pymes, productores/as y emprendedores/ras locales, lo que trae aparejado a futuro la consolidación de puestos de trabajo en el Partido de Saladillo;
Que se propende hacia la generación de toma de conciencia por parte de quienes consumen, lo cual redundará en beneficios mutuos y, por extensión de los beneficios individuales y colectivos, hacia toda la comunidad;
Que se busca despertar la necesidad entre la ciudadania de otorgar preeminencia a los productos que se producen en el Partido, mediante un mecanismo vinculante teniendo al Estado local como articulador;
Que en una economía altamente competitiva, resulta de gran interés afianzar vínculos de intereses comunes frente al conglomerado comercial imperante, que tiende a concentrar en pocos la compra y venta de productos de consumo masivo y por tanto su monopolización;
Que es imprescindible trabajar colaborativamente sobre la cadena de intermediarios comerciales locales (Industrias-distribuidoras mayoristas-comercio minorista), especialmente de los productos de la canasta básica y otros rubros;
Que es necesario contribuir a sostener el nivel de ventas general de las pymes y comercios locales, pues estos establecimientos son fuente de puestos de trabajo para nuestros vecinos/as, y contribuyen directamente en el entramado de la economía local;
Que se considera de suma importancia estimular en toda la comunidad de Saladillo, la preferencia del público consumidor por la compra de productos fabricados y elaborados en nuestro Partido, vinculando la oferta de manufacturados de consumo masivo de fabricantes instalados en el Partido, directa o indirectamente, con los/las comerciantes saladillenses;
Que en los últimos años han crecido los emprendimientos locales, siendo muestra esto del crecimiento del sector, como la necesidad también de generar políticas públicas que los fomenten y resguarden.
Por ello el Bloque de Concejales y concejalas de Union por la Patria pone a consideración del Honorable Concejo Deliberante el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1° – Crease el programa “GONDOLA LOCAL” con el objetivo de fomentar la oferta y demanda de productos manufacturados dentro del Partido de Saladillo, cualquiera sea su naturaleza. El Programa tiende a promover, difundir, alentar y estimular el consumo de productos de calidad elaborados en el partido de Saladillo y asimismo apunta a la formación de conciencia en el público consumidor acerca de la importancia del desarrollo de la economía local.
ARTICULO 2º – El mismo se implementará de manera obligatoria en todas las superficies comerciales destinadas a la venta de productos alimenticios y de otros rubros, establecimientos que conforman cadenas de distribución, supermercados, autoservicios y comercios en general, instalados o a instalarse con su correspondiente habilitación.
ARTICULO 3° – El Programa “GONDOLA LOCAL”, se materializará mediante la asignación de espacios relevantes en góndolas, exhibidores y/o cualquier otro tipo de stand, en lugar central y visible de los establecimientos comerciales para ofrecer en ellos los productos elaborados en el Partido de Saladillo. Estos espacios serán señalizados con adhesivos y cartelería con la leyenda “Hecho en SALADILLO”.
ARTICULO 4° – Serán beneficiarios del Programa “GONDOLA LOCAL”, las pymes, productores/as y microemprendedores/as locales que cumplan los siguientes requisitos:
a)- Elaborar, fabricar o confeccionar productos de cualquier índole en el Partido de Saladillo.
b)- Estar encuadrados dentro de la economía formal, ser tributarios del régimen fiscal y estar habilitados por los organismos municipales correspondientes, en las categorías que corresponda.
c)- El proceso de elaboración de todo producto debe ajustarse a la normativa vigente en el distrito que atienda a la higiene y salubridad, así como también a las referidas al cuidado personal y ambiental.
ARTICULO 5° – El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Desarrollo Local (o área que en un futuro la reemplace) que actuará como autoridad de aplicación, garantizará la efectiva vinculación y articulación entre los/as manufactureros/as locales y los/as propietarios de los comercios obligados, como así también todo lo concerniente a su implementación y supervisión.
ARTICULO 6º – Para el cumplimiento de los objetivos del Programa, conforme con lo establecido en el Artículo 1º, el Departamento Ejecutivo, conjuntamente con la Autoridad de Aplicación, elaborará la reglamentación correspondiente y llevará a cabo las estrategias que resulten necesarias para su pleno desarrollo.
ARTICULO 7° – Dispóngase la realización de campañas de concientización e incentivo para promocionar el programa “GONDOLA LOCAL”, interrelacionando recursos entre el estado municipal y las entidades interesadas, a partir de:
1.- Incorporación de los mensajes y estrategias de campaña y promoción en folletos a repartir junto a las Tasas Municipales.
2.- Utilización de medios masivos de comunicación.
3.- Uso de distintos medios (gráficos o digitales) para publicitar ofertas que las firmas interesadas generen para promoción de sus productos.
4.- Cualquier otro medio y/o herramienta tecnológica que pudiere determinarse con el mismo objetivo.
ARTICULO 8° – De forma.
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