VISTO el expediente N° 112/2024, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Resolución solicitando al Poder Ejecutivo Nacional detener los despidos y cierres de sucursales de Correo Argentino en ciudades y localidades del país;
que, algunos empleados de las diferentes sucursales de Correo Argentino están recibiendo notificaciones de despido y la posibilidad de cierre de las sucursales en las ciudades vecinas de Gral. Alvear y Roque Pérez;
que, dicha entidad conecta a las diferentes ciudades con diferentes puntos de la Argentina y del mundo, realizando diversos tipos de trámites y envíos;
que, la red de sucursales de Correo Argentino se encuentra conformada por más de 3.500 puntos de venta distribuidos en más de 1.200 localidades;
que, es la red más extensa del ámbito nacional, permitiendo a los usuarios/as acceder al servicio del Correo en cualquier lugar;
que, el Correo Argentino actualmente cuenta con servicio de paquetería, postales, financieros, electorales, logística, etcétera;
que, durante la pandemia de coronavirus Correo Argentino tuvo un rol muy activo siendo junto con Andreani encargados de la logística de las vacunas Sputnik V y Moderna a lo largo de todo el país, además realizando diversos tipos de logística relacionadas con insumos médicos tales como barbijos, test de antígenos para el virus, kits de vacunación, etcétera;
que, entre otro de los servicios que el Correo Argentino brinda es el electoral, realizando la planificación, dirección, coordinación y control de la logística electoral en niveles tanto nacional, provincial, municipal, como también entes públicos o privados;
que, en este sentido de la logística electoral, es el encargado de las acciones previas del acto eleccionario, como también durante el día de las elecciones nacionales, provinciales y municipales y luego de procesar los telegramas del escrutinio provisorio, enviar la documentación al Juzgado Federal con Competencia Electoral. La logística del acto eleccionario consta de la recepción de las urnas, notificación a las autoridades designadas, distribución de las urnas en los centros de votación, distribución de los insumos para el desarrollo normal del acto eleccionario, recepción de las urnas al cierre de la jornada, procesamiento de los telegramas para el escrutinio provisorio y pago correspondiente a las autoridades de mesa;
que, la Oficina del Correo Argentino en cada ciudad contribuye al trabajo de los emprendedores que despachan bienes y productos a otras localidades;
que, en muchas ciudades del interior de la Provincia de Buenos Aires y del país, adquiere una importancia muy relevante por ser el único correo con sede en el lugar;
que, se tienen conocimiento que se están recepcionando cartas documentos de despido y también ofrecimientos en el marco de un plan de retiro lanzado desde la Nación;
que, lo que ha trascendido en diferentes medios de comunicación nacionales y provinciales es que realiza el ofrecimiento de retiro voluntario encuadrado en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, utilizando como motivo la reestructuración de la empresa;
que, se visibiliza que no hay un parámetro de despido, dado que tanto están recibiendo cartas documento y están siendo notificados empleados recientemente incorporados como con mucha antigüedad en sus desempeños;
que, de intensificarse los despedidos, muchas oficinas quedarían sin empleados y por lo tanto sin ofrecer servicios;
que, el cierre de diferentes sucursales provocaría la pérdida de fuentes de trabajo de numerosas familias en un contexto de país sumamente preocupante;
que, el eventual cierre de las Oficina del Correo Argentino en las ciudades vecinas de General Alvear y Roque Pérez provocaría en dichas comunidades la necesidad de trasladarse para realizar los trámites inherentes a su función a más de 50 kilómetros, como así también la pérdida de la fuente laboral;
que, dichas oficinas tienen a su cargo diversas tareas fundamentales para todos/as ciudadanos/as, siendo las encargadas de la recepción, franqueo y gestión de diversos actos administrativos, como los Telegramas de Renuncia, Telegramas de Despido, Cartas Documento, recepción y distribución de correspondencia y/u otros envíos (Documentos Nacionales de Identidad, Pasaportes, Tarjetas de Débito y Crédito emitidas por los distintos bancos, etc.), así como también la recepción y entrega de artículos que la comunidad compra a través de plataformas web;
que, esta situación descripta también afecta a los empleados de la sucursal de nuestra ciudad ya que alguno de sus empleados ha sido notificado; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 28 de mayo de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional detener los despidos y cierres de Sucursales de Correo Argentino en las ciudades y localidades del país.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar a Correo Argentino Sociedad Anónima revea toda decisión que implique reducción de personal y/o cierre de Sucursales (artículo 48 del Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 70/2023.-
ARTÍCULO 3°: Remitir copia de la presente resolución a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y al Honorable Senado de la Nación.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar al Poder Ejecutivo Nacional; al Correo Argentino; a la H. Cámara de Diputados de la Nación; al H. Senado de la Nación; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.-
RESOLUCIÓN Nº 17/2024.-