VISTO el expediente N° 110/2024, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 2688/2024, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio con CE.TI.DIM.;

que, CE.TI.DIM. es una asociación sin fines de lucro cuyo objetivo principal es la protección integral de las personas con discapacidad mental y que promueve el trabajo colectivo, solidario y acciones de responsabilidad ciudadana en cuanto al cuidado del medio ambiente y el desarrollo sustentable;

que, para ello su proyecto institucional cuenta con tres servicios fundamentales, Taller Protegido, Centro Día y Hogar, en los cuales se brinda asistencia integral a personas con discapacidad mental joven y adulta; en los aspectos laborales, recreativos, culturales y asistenciales;

que, en función de ello, atento a la política adoptada desde el Ejecutivo Municipal, de permanente apoyo a las instituciones intermedias que tiene su ámbito de actuación en el partido de Saladillo, en reconocimiento a la labor desarrollada por CE.TI.DIM. se decide colaborar con el desenvolvimiento de la misma;

que, la colaboración acordada consiste en el pago, por parte de la Municipalidad, del 100% de las facturas por consumo de energía eléctrica de los inmuebles ubicados en calle Dr. Posadas nº 2754 y 2775 de la ciudad de Saladillo;

que, de acuerdo a lo normado por el artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el acuerdo mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 28 de mayo de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Aprobar el Acuerdo suscripto entre la asociación civil CE.T.I.DI.M. (Centro de Terapia Integral para el Discapacitado Mental) y la Municipalidad de Saladillo con fecha 2 de enero de 2024, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-        

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.-

ORDENANZA Nº 39/2024.-

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