VISTO el expediente N° 184/2024, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a marco normativo para la selección, adjudicación, contralor y recupero de lotes de terrenos y viviendas sociales construidos con financiamiento municipal en Saladillo;
que, la necesidad de contar con un marco normativo para la selección, adjudicación, contralor y recupero de lotes de terrenos y viviendas sociales construidas con financiamiento Municipal en el territorio de Saladillo;
que, la confección del mismo resulta una necesidad latente, dada la culminación de obra de 4 viviendas en la localidad de Cazón;
que, sin perjuicio de lo expuesto, resulta conveniente establecer un plan genérico que pueda aplicarse para cualquier otro plan de viviendas realizadas con financiamiento Municipal en el futuro;
que, la vivienda es una necesidad básica presente en nuestra ciudad y por lo tanto una preocupación y tema de ocupación para el estado municipal;
que, se trata de una demanda que alcanza a un gran número de habitantes de nuestro medio, con una creciente incidencia en los últimos años y por lo tanto se debe garantizar la igualdad de oportunidades y transparencia entre todos los aspirantes;
que, el marco normativo deberá constituir una herramienta que permita establecer las pautas y condiciones que resulten más justas para todos los habitantes con necesidades ocupacionales de nuestro medio que deseen postularse para acceder a las viviendas sociales; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 10 de julio de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas con modificaciones;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el procedimiento para la selección de postulantes, adjudicación, contralor y recupero de lotes de terreno y viviendas sociales, construidas, financiadas y/o administradas por el Estado Municipal, en el territorio de Saladillo, el que resultará obligatorio para todos los programas de viviendas sociales, los cuales, como Anexos I y II, forman parte integrante del presente.-
ARTÍCULO 2°: Crear en el ámbito de la Municipalidad de Saladillo el Registro Único y Permanente de Demanda Habitacional, el que se implementará de manera virtual y/o presencial, con el objetivo de transparentar, organizar, administrar, regular y controlar todas las tareas vinculadas con las soluciones habitacionales, así como también coordinar con las diferentes áreas involucradas a nivel nacional, provincial y municipal.-
ARTÍCULO 3°: Designar a la Secretaría de Desarrollo Humano y Salud, o la que en el futuro la reemplace con similares competencias, como Autoridad de Aplicación del Registro.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.-
ORDENANZA N° 53/2024.-