VISTO el expediente N° 173/2024, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Resolución solicitando a la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, modificación en el vencimiento de la V.T.V. de vehículos radicados en Saladillo;

que, a partir del 01/02/2004 Saladillo tiene una planta de V.T.V fija;

que, dicha planta depende de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires;

que, la verificación técnica vehicular es de carácter obligatorio para circular en el país según la Ley de Tránsito N° 24.449;

que, a partir de abril el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires estableció un aumento del 72% a través de la Resolución N° 84 del Ministerio de Transporte de la Provincia;

que, dicho aumento fue el segundo ajuste en el año ya que en febrero se había aumentado un 60%, por lo que el valor pasó de $15.998 en febrero a $34.400 en mayo;

que, en las plantas de V.T.V fijas rige un mecanismo de vencimiento para la verificación técnica según la terminación de la patente;

que, si a cualquier usuario se le vence la V.T.V. antes del mes establecido por la planta según la patente del vehículo, este deberá hacerla dos veces en el mismo año, abonando dos veces su costo; y

CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 10 de julio de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicitar a la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires que a través de una Resolución o lo que considere pertinente, se les extienda el vencimiento a los vehículos radicados en Saladillo cuyos vencimientos sean los meses anteriores al fijado por la nueva normativa establecida en la planta fija radicada en Saladillo, para que dicho empalme no le haga pagar a los usuarios dos veces en el año.-

ARTICULO 2°: Comunicar a la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.-

RESOLUCIÓN  Nº 27/2024.-

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