VISTO el expediente N° 176/2024, iniciado por el Concejo Deliberante Juvenil, quien eleva Comunicación N° 2/2024 informando al Departamento Ejecutivo la problemática del agua potable en la localidad de Del Carril;
que, por tratarse de un servicio de primera necesidad para la vida de los ciudadanos y su acceso al agua potable segura es un derecho fundamental y esencial para la salud y el bienestar de todos los habitantes;
que, debido al gran crecimiento que ha tenido la localidad y ante ello la suma de conexiones a la primitiva bomba, esta situación no permite contar con la presión de agua necesaria en cada hogar;
que, por ser un servicio esencial para todos, hay en la comunidad muchos hogares que no pueden contar o acceder al servicio;
que, la cooperativa ha presentado problemas recurrentes, tales como: cortes frecuentes del servicio, baja calidad del agua, y una deficiente atención al cliente;
que, se han tenido que suspender por más de 48 horas las clases en todos los establecimientos educativos de la localidad (jardín de infantes, escuela primaria, secundaria y secundaria de adultos) por la falta de prestación del servicio que cuenta con bombas añejas y no puede abastecer a la comunidad.
que, las tarifas aumentan desmesuradamente mes a mes;
que, la población no tiene acceso a la información acerca del manejo de los fondos de la cooperativa;
que, principalmente en los meses de verano el servicio es escaso o nulo;
que, la localidad de Del Carril necesita con suma urgencia se resuelva esta problemática para que todos los vecinos cuenten con el servicio dignamente y así llevar una vida saludable; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 13 de agosto de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal notifique sobre la situación al área correspondiente y ordene la intervención de la misma para solucionar la problemática.-
ARTÍCULO 2°: Proponer la implementación de un plan de mejoras técnicas realizado por especialistas, que incluya la renovación de la infraestructura, el mantenimiento regular y preventivo de las instalaciones y control de calidad del agua potable.-
ARTÍCULO 3°: Promover la capacitación al personal administrativo: que incluya la mejora de atención al cliente, los canales de comunicación con los mismos y que se promueva la participación activa de todos los socios.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los trece días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro.-
COMUNICACIÓN N° 20/2024.-