VISTO el expediente N° 225/2024, iniciado por el Bloque de Concejales de Unión por la Patria, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al D.E. provea equipamiento e implementos deportivos en la plaza “República del Líbano”;

que, los vecinos y vecinas del Barrio Procrear solicitan que en la plaza República del Líbano   se instalen equipamientos deportivos con aparatos e implementos para la realización de rutinas de ejercicios y gimnasia acordes con las denominadas Plazas de la salud;

que, la Ley Nacional N° 26061 referente a la Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en el artículo N° 14 el “Derecho a la salud”;

que, la misma Ley establece en el artículo N° 20 el “Derecho al deporte y juego recreativo”;

que, siendo la salud un derecho, el mismo debe ser garantizado por el Estado poniendo al alcance de los y las ciudadanos/as las herramientas que posibiliten su acceso;

que, es importante desde el Estado promover, planificar y difundir políticas y actividades deportivas para todos/as los ciudadanos y ciudadanas;

que, es necesario para ello crear, recuperar, acondicionar, utilizar y conservar los espacios físicos destinados a la práctica deportiva;

que, se ha demostrado científicamente que hacer ejercicio brinda mejor calidad de vida y permite llegar a edades más avanzadas, previene enfermedades, esparce y quita el estrés;

que, la prevención es la mejor manera de cuidar la salud de los ciudadanos;

que, las plazas saludables en nuestra ciudad contribuyen a revalorizar la salud y el cuidado físico y mental de la población, propiciando los encuentros sociales, y ofreciendo el contacto con la naturaleza;

que, en diversas plazas y espacios verdes de nuestra ciudad, existen las denominadas plazas de la salud, las cuales son muy utilizadas por los vecinos y vecinas;

que, pensar en el proyecto de una plaza, desde una mirada inclusiva, significa pensar en la accesibilidad de todos y todas a los espacios que en ella se diseñen; y

CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 10 de septiembre de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo provea de equipamientos deportivos con aparatos e implementos para la realización de rutinas de ejercicios y gimnasia acordes con las denominadas Plazas de la Salud, en la Plaza Republica del Líbano.-

ARTÍCULO 2°: Solicitar que dicho equipamiento garantice la accesibilidad de todas las personas a dichos equipamientos.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro.-

COMUNICACIÓN Nº  26/2024.-

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