PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO, la necesidad de asegurar la calidad del agua potable que se provee a la ciudadanía del partido de Saladillo y que esos resultados sean conocidos por sus habitantes, y la importancia que se brinde información pública de los resultados de los análisis bacteriológicos y físico químicos que se le practican al agua potable con el fin de garantizar un consumo seguro en toda la población; y
CONSIDERANDO:
Que el derecho humano al agua es el derecho de todas y todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico;
Que la Asamblea General de las Naciones Unidas a través de la Resolución 64/292 del 2010 reconoció explícitamente el derecho humano al agua, reafirmando que el agua potable limpia es esencial para la realización de todos los derechos humanos;
Que el Estado debe garantizar el derecho de acceso al agua potable para fines vitales a todos los habitantes;
Que las autoridades municipales competentes deben realizar los planes y programas de inversión e infraestructura que sean necesarios para garantizar dicho derecho;
Que el control y el tratamiento adecuado del agua potable es vital para la prevención de muchas enfermedades;
Que si bien se conoce la existencia de exámenes periódicos y de tratamiento de purificación química, los niveles de cloración del agua que llega al consumo de la población suelen ser elevados dado el sabor y el olor percibidos en muchos sectores de nuestra ciudad;
Que en muchas ocasiones vecinos y vecinas han puesto de manifiesto de manera publica la presencia de sedimentos macroscópicos en el agua de red como así también la presencia de suciedad;
Que es derecho de la ciudadanía el conocer los resultados de dichos análisis realizados en forma periódica;
Por lo que el Bloque de Unión Por La Patria, pone en consideración del cuerpo legislativo del HCD de Saladillo el siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Art. 1º – Solicítese al Ejecutivo Municipal que a través de las áreas que corresponda informe los resultados de los análisis bacteriológicos y físico químicos que se practican al agua potable, indicando pozo de extracción, fecha de realización de los análisis, método utilizado, resultados y valores máximos permitidos de los distintos componentes tales como pH, Arsénico, Cloruros, Sulfatos, Nitratos, dureza total, entre otros.
Art. 2º – De forma.
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