VISTO, el expediente N°306/2024, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente N°5803/2024, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar el Decreto 2276/2024 – Creación de la cuenta afectada denominada “Arrendamiento Áreas Libres, Consumo Problemático y Salud Mental”;
que, por Licitación Pública Nº 07/2024 se concedió en arrendamiento y por el plazo de 3 años, las áreas libres de la chacra destinada al Programa Municipal de Consumo Problemático y Salud Mental, para la explotación agropecuaria;
que, a efectos de que la firma adjudicataria proceda al pago de la primera cuota, resulta necesaria la creación de una cuenta afectada para el ingreso de ese recurso;
que, el dinero que ingrese a esa cuenta deberá ser utilizado en el mantenimiento y necesidades de la chacra destinada al programa Municipal de Consumo problemático y Salud Mental;
que, conforme al artículo 29 del Decreto Ley 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades-, por tratarse de una determinación de recursos y gastos, resulta necesario dar intervención al Honorable Concejo Deliberante a efectos de que sancione la ordenanza correspondiente;
que, atento lo expuesto y dada la premura que merece la cuestión de acuerdo al vencimiento de la primera cuota del contrato de arrendamiento, corresponde la creación de la cuenta afectada mediante el dictado de un acto administrativo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 12 de noviembre de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Convalidar la creación de la cuenta afectada denominada “Arrendamiento áreas libres consumo problemático y salud mental” y la afectación de los recursos que ingresen a la misma, efectuada por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 2276/2024.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.-
ORDENANZA Nº 82/2024.-