VISTO el expediente N° 33/2025, iniciado por el Bloque de Concejales y Concejalas de Juntos por el Cambio, quién eleva proyecto de Resolución  solicitando a la Dirección de Vialidad Provincial, realice diferentes acciones en el tramo de la Ruta Provincial N°215, desde  el acceso de la Ruta Provincial N°91 camino complementario  093-13, hasta la localidad de Polvaredas;

que, en virtud de la necesidad de obras de remarcaciones y señalizaciones en la Ruta Provincial N° 215, tramo acceso desde la ruta Provincial N° 91 y camino secundario N° 093-13 hasta la localidad de Polvaredas;

que, esta ruta es altamente transitada diariamente por vecinas y vecinos de nuestra ciudad cabecera y localidades del interior (Toledo – Polvaredas) y parajes de la zona rural;

que, dicha ruta, también, es transitada por docentes de las instituciones educativas de las localidades del interior:  E.P. N° 14, Jardín de Infantes Trencito Musical de Álvarez de Toledo, Jardín de Infantes N° 903, E.P. N° 13 y E.E.S. N° 4 de Polvaredas, E.P. N° 22 de Blaquier, E.P. N° 30 de Paraje “Los Guaycos”, etc;

que, alrededor de 80 docentes son usuarios cotidianos de dicha traza;

que, la ruta en el tramo mencionado cuenta con numerosas curvas en ambos sentidos, las que no se encuentran debidamente señalizadas, ni con la demarcación horizontal ni con los carteles correspondientes;

que, la adecuada señalización, tanto vertical como horizontal tienen un propósito de seguridad vial y preventivo;

que, es una ruta en la que se observa, en determinados horarios, la circulación de ciclistas;

que, mayoritariamente el tránsito en la extensión de esta ruta se caracteriza por la alta velocidad de los vehículos dado que no cuenta con señalización adecuada y suficiente respecto a las velocidades máximas;

que, es necesario avanzar en acciones para mejorar la seguridad y transitabilidad de la misma, sobre todo en épocas invernales, en donde la niebla reduce considerablemente la adecuada visibilidad;

que, el mantenimiento de la ruta mencionada corresponde la Dirección de Vialidad de la provincia de Buenos Aires, Zona VI;

que, es necesario mejorar y reforzar la señalización horizontal y vertical;

que, los trabajos de señalamiento horizontal consisten en marcar sobre el pavimento con pintura termoplástica reflectante en color blanco las líneas continuas demarcatorias de bordes de banquinas; línea central (eje); discontinua, flechas direccionales y líneas auxiliares para reducción de velocidad; mientras que en color amarillo se marca la doble línea central en curvas, puentes y cruces ferroviarios;

que, los trabajos de señalización vertical consisten en la reposición de señales al costado o sobre el camino. Estas se utilizan para prevenir o informar a los usuarios (conductores o peatones) sobre cualquier eventualidad que pueda encontrarse en el camino;

que, las señales de tránsito cumplen un rol fundamental para la convivencia y la seguridad vial, estas indican las normas que se deben cumplir como conductores, anticipan maniobras e informan sobre cruces o curvas peligrosas para evitar accidentes;

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día  22 de abril  de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

               R E S O L U C I Ó N     

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección de Vialidad Provincial, realice las remarcaciones horizontales correspondientes en el tramo de la Ruta Provincial N° 215, tramo comprendido desde el acceso de la Ruta Provincial N° 91 Camino complementario 093-13 hasta la localidad del interior de Polvaredas, donde termina el tramo pavimentado.-

ARTÍCULO 2°: Solicitar a la Dirección de Vialidad Provincial, realice la colocación de las señalizaciones verticales necesarias correspondientes en el tramo de la Ruta Provincial N° 215, tramo comprendido desde el acceso de la Ruta Provincial N° 91 Camino complementario 093-13 hasta la localidad del interior de Polvaredas, donde termina el tramo pavimentado.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar a la Dirección Provincial de Vialidad y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-          

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veinticinco.-

RESOLUCIÓN Nº 3/2025.-

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