VISTO el expediente Nº 94/2025, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente Nº 1641/2025, quién eleva nota solicitando la eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. María Ester Torres; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 20 de mayo de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social, Género, Diversidad y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 100% el pago de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 4º de la Ordenanza Nº 97/2021, del 100% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos a favor de la Sra. María Ester Torres (D.N.I. Nº 12.665.665), con domicilio en calle Rossi N° 2764, de nuestra ciudad.-
ARTÍCULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.-
DECRETO H.C.D. Nº 17/2025.-