VISTO el expediente N° 117/2025 iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a crear el Sistema Municipal de Alerta Temprana (SMAT);

que, mediante la creciente necesidad de fortalecer los mecanismos de prevención y respuesta ante fenómenos climáticos extremos y otras emergencias en el ámbito del Partido de Saladillo; 

que, la protección de la vida, la integridad física y los bienes de los ciudadanos constituye una responsabilidad prioritaria del Estado;

que, los eventos climáticos extremos, como lluvias intensas, vientos fuertes, olas de calor e incendios forestales, han aumentado en los últimos años;

que, resulta fundamental contar con un sistema de alerta temprana municipal que permita anticipar y actuar ante situaciones de riesgo;

que, la coordinación entre áreas municipales, organismos provinciales, nacionales y la comunidad es clave para una respuesta eficaz y mitigar posibles daños; y

CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 03 de junio de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Seguridad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Crear el Sistema Municipal de Alerta Temprana (SMAT), con el objetivo de detectar, monitorear, comunicar y coordinar acciones ante situaciones de emergencia o riesgo climático, ambiental, sanitario u otras que puedan afectar a la población del Partido de Saladillo.-

ARTÍCULO 2°: Será autoridad de aplicación la Dirección de Defensa Civil o el organismo que en un futuro la reemplace en coordinación con la Secretaría de Seguridad.-

ARTÍCULO 3°: El SMAT tendrá las siguientes funciones:

  1. Monitorear permanentemente fuentes oficiales como el Servicio Meteorológico Nacional, INTA, Defensa Civil Provincial, entre otros;
  2. Generar alertas y recomendaciones de acción según niveles de riesgo (verde, amarillo, naranja y rojo):
  3. Comunicar de forma inmediata las alertas a través de medios oficiales (radio, redes sociales, sirenas, mensajes SMS, etc.);
  4. Coordinar acciones preventivas con instituciones locales (bomberos, policía, salud, educación, etc.);
  5. Realizar simulacros, capacitaciones y campañas de concientización.-

ARTÍCULO 4°: El sistema utilizará un esquema de colores que indique el grado de riesgo:

El Sistema Municipal de Alerta Temprana (SMAT) establecerá un esquema de colores que indique el grado de riesgo y las acciones sugeridas para la población, instituciones y organismos involucrados, de la siguiente manera:

a) ALERTA VERDE – MONITOREO PREVENTIVO

No se prevén eventos adversos. Condiciones climáticas normales o sin riesgos inminentes.
Acciones recomendadas para la población:

  • Mantenerse informado a través de los canales oficiales del municipio.
  • Verificar condiciones de techos, desagües y árboles en el domicilio.
  • Participar en actividades comunitarias de prevención y capacitación.

b) ALERTA AMARILLA – AVISO PREVENTIVO

Condiciones meteorológicas o ambientales que podrían derivar en un evento adverso. Posibilidad de tormentas, vientos, crecidas, altas temperaturas u otros riesgos moderados.
Acciones recomendadaspara la población:

  • Evitar actividades al aire libre innecesarias.
  • Asegurar objetos que puedan volarse (muebles de jardín, lonas, etc.).
  • Revisar el funcionamiento de bombas de desagüe y drenajes.
  • Planificar rutas de evacuación en caso de emergencia.
  • Prestar especial atención a niños, personas mayores, embarazadas y personas con discapacidad.
  • No difundir rumores ni información no verificada.

c) ALERTA NARANJA – EVENTO INMINENTE O EN DESARROLLO

Se esperan o están ocurriendo fenómenos peligrosos con capacidad de provocar daños materiales, riesgos para la salud o la vida. Ejemplo: tormentas fuertes, vientos intensos, olas de calor extremas.


Acciones recomendadaspara la población:

  • Permanecer en viviendas o lugares seguros.
  • Desconectar aparatos eléctricos en caso de tormentas.
  • No circular salvo estricta necesidad.
  • Tener a mano linterna, radio y agua potable.
  • Seguir estrictamente las indicaciones de Defensa Civil y fuerzas de seguridad.
  • Brindar asistencia a vecinos vulnerables.
  • Si se encuentra en una zona inundable, prepararse para evacuar.

d) ALERTA ROJA – EVENTO SEVERO ACTIVO

Fenómeno extremo en desarrollo con impactos severos confirmados. Riesgo elevado para la integridad física, la infraestructura y el ambiente.


Acciones recomendadaspara la población:

  • Refugiarse de inmediato en lugar seguro.
  • Evacuar si así lo indica la autoridad.
  • No intentar cruzar calles anegadas o ríos crecidos.
  • Mantener la calma y comunicarse sólo si es necesario para no saturar redes.
  • No retornar a la zona afectada hasta que las autoridades lo indiquen.
  • Colaborar con las fuerzas de emergencia si está en condiciones de hacerlo.

Estas acciones serán difundidas de forma clara, accesible y en lenguaje inclusivo a través de todos los medios disponibles, con énfasis en escuelas, centros de salud y radios comunitarias.-

ARTÍCULO 5°: Facúltese a la Autoridad de Aplicación a suspender, total o parcialmente, la realización de eventos que requieran habilitación municipal, cuando lo considere pertinente en el marco de alertas meteorológicas de nivel naranja o rojo emitidas por los organismos competentes.-

ARTÍCULO 6°: SISTEMAS DE COMUNICACIÓN

El Municipio dispondrá de una red de comunicación multicanal que incluya:

  • Radio local, redes sociales oficiales, canal de WhatsApp municipal, mensajes de texto (SMS), y sirenas comunitarias, entre otros.

ARTÍCULO 7°: Facultar al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con organismos provinciales, nacionales, universidades y ONGs para el fortalecimiento técnico y operativo del sistema.-

ARTÍCULO 8°: El Municipio deberá promover campañas de información pública sobre los protocolos de actuación ante alertas y fomentar la participación vecinal en redes de prevención barrial.-

ARTÍCULO 9°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-        

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes de junio del año dos mil veinticinco.-

ORDENANZA Nº  31/2025.-

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