VISTO el expediente N° 173/2025, iniciado por el Bloque de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Resolución solicitando al Ejecutivo Nacional el refuerzo de políticas públicas de prevención, búsqueda y asistencia ante la desaparición de personas;

que, es persistente y preocupante la problemática de la desaparición de personas en todo el territorio argentino, que afecta a familias y comunidades y representa una seria vulneración de derechos humanos;

que, el Estado Nacional tiene la responsabilidad indelegable de garantizar la seguridad, integridad y protección de todos los ciudadanos y ciudadanas del país;

que, las desapariciones, especialmente de niños/as, adolescentes, mujeres y personas en situación de vulnerabilidad, requieren una respuesta rápida, integral y coordinada por parte de los organismos nacionales, provinciales y municipales;

  • que, resulta indispensable que en los casos de desaparición se establezca de forma inmediata la carátula de “Trata de Personas”, y que todas las denuncias sean consideradas válidas desde el primer momento;
  •  
  • que, según el informe 2020 de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), aproximadamente siete personas desaparecen por día en nuestro país, lo cual es alarmante y debe ser atendido con la máxima urgencia;
  •  
  • que, es responsabilidad de las autoridades tomar medidas concretas para prevenir y combatir este flagelo;
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  • que, sólo mediante políticas de Estado firmes, integrales y comprometidas se podrá enfrentar este grave problema con la seriedad que merece;
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  • que, además de la articulación con el Sistema Federal de Búsqueda de Personas (SIFEBU), se deben establecer mecanismos que garanticen una atención rápida, humana y profesional a los familiares, brindando acompañamiento psicológico, legal y social; y

CONSIDERANDO que, en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 12 de agosto de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Seguridad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°:  Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Seguridad de la Nación y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el refuerzo de políticas públicas de prevención, búsqueda y asistencia ante la desaparición de personas, incluyendo:

a) Mayor asignación de recursos humanos y tecnológicos al Sistema Federal de Búsqueda de Personas (SIFEBU).

b) Implementación de campañas de concientización a nivel nacional.

c) Capacitaciones obligatorias y periódicas para fuerzas de seguridad federales, provinciales y municipales.

d) Garantía de asistencia psicológica, legal y social a los familiares de personas desaparecidas.

e) Creación o fortalecimiento de unidades especializadas para investigación y seguimiento de casos.

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Poder Ejecutivo Nacional; y al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.-

RESOLUCIÓN N° 34/2025.-

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