VISTO el expediente N° 289/2025, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 5266/2025, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a donar un inmueble a la Sociedad de Fomento San Cayetano y otro al Club Deportivo La Lola;

que, el contrato de permuta fue suscripto con fecha 21 de febrero de 2025 entre la Municipalidad de Saladillo y la firma Bruno Construcciones S.A conforme fuera autorizado por Ordenanza Nº 4128 (HCD 1/2025);

que, dentro de las obligaciones asumidas por Bruno Construcciones S. A. se encuentra la de “asumir todos los costos, sellados, honorarios profesionales y cualquier otro gasto y/o arancel necesario para la confección, tramitación, aprobación y registración del plano de mensura, subdivisión y cesión de calle que correspondiere a fin de regularizar la situación de hecho actual y dotar de identidad catastral independiente a la superficie objeto de la permuta, descripta en la cláusula primera y a las superficies donde se encuentran el Club Deportivo “La Lola” y el Salón de Usos Múltiples del Club “San Cayetano”, todo ello de acuerdo al croquis que forma parte del presente o lo que en más o en menos resulte de la medición llevada a cabo” (Clausula Segunda inc. b);

que, en cumplimiento de ello encomienda la confección del plano de mensura, subdivisión y cesión de calle al Agrimensor Roberto Leonel Salvucci, tramitando el mismo bajo el Proyecto Nº 7445/2025 en el Departamento de Mensura de Tierras de ARBA;

que, conforme al proyecto, producto de la subdivisión se generan 3 parcelas, las que provisoriamente se designan con las letras A, B, C; correspondiendo la primera a la permutada con la firma Bruno Construcciones S. A. y en las restantes se encuentran el Salón de Usos Múltiples del Club “San Cayetano” y el Club Deportivo “La Lola”, respectivamente;

que, el proyecto recibe la siguiente observación por el Departamento de Mensura de Tierras de ARBA: “los destinos de las parcelas b y c deben ir en restricciones y estar avalados por Ordenanza;

que, para subsanar la observación se debe proceder a donar las parcelas b y c a la Sociedad de Fomento San Cayetano y al Club Social y Deportivo La Lola, respectivamente; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de noviembre de 2025, este Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Donar a la Sociedad de Fomento San Cayetano el inmueble designado provisoriamente como Circunscripción 1; Sección G; Chacra 172; Parcela b; según plano que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Donar al Club Social y Deportivo La Lola el inmueble designado provisoriamente como Circunscripción 1; Sección G; Chacra 172; Parcela c; según plano que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 3°: Las donaciones a que aluden los artículo 1 y 2 de la presente se efectúan con el cargo de que la donataria destine el inmueble donado exclusivamente para el desarrollo de sus actividades deportivas, recreativas y comunitarias concernientes a su objeto social, caso contrario el dominio del inmueble donado, con todas sus mejores, quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna y sin que ello genere derecho a indemnización de cualquier tipo a favor de la donataria.-

ARTÍCULO 4°: Para el supuesto de disolución de la entidad donataria o de revocación de su personería jurídica, el dominio del inmueble donado con todas sus mejoras, quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna y sin que ello genere derecho a indemnización de cualquier tipo a favor de la donataria.-

ARTICULO 4°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-        

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes noviembre del año dos mil veinticinco.-

ORDENANZA Nº 72/2025.-

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