VISTO el expediente N° 293/2025, iniciado por el Bloque Unión por la Patria, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo mecanismos que avisen la fecha de renovación de la licencia de conducir;
que, la vigencia de la Licencia Nacional de Conducir (L.N.C.) en la Provincia de Buenos Aires depende de la edad: es de 5 años para quienes tienen entre 21 y 65 años, 3 años para los mayores de 65 años y anual para los mayores de 70 años, quienes deben rendir nuevamente los exámenes;
que, el otorgamiento de las Licencias de conducir en la Provincia de Buenos Aires se ampara en la Ley Provincial N°13927, que adhiere a la Ley nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449;
que, para la renovación de la Licencia de Conducir en Saladillo se debe acudir a la Oficina de Licencias de Conducir, ubicada en la Calle Almafuerte y Av. Moreno, solicitando turno previo para iniciar el trámite, ya que esta delegado al Municipio este trámite a través de los Centros Emisores de Licencias (CEL);
que, la Licencia Nacional de Conducir es el documento otorgado por el Estado a los y las ciudadanas para poder manejar un vehículo, sea de forma profesional como particular;
que, la obtención de la Licencia Nacional de Conducir permite la conducción en todas las calles y caminos del territorio argentino, como así también en los países del extranjero que están suscriptos a la Convención de Ginebra de 1949;
que, la renovación de la Licencia Nacional de Conducir se puede realizar si se tiene la licencia vigente o vencida con menos de 3 meses (90 días corridos);
que, se permite la renovación de la Licencia Nacional de Conducir (LNC) con 30 días de anticipación a su vencimiento o hasta 90 días posteriores al mismo;
que, muchas veces los y las ciudadanas llegan al vencimiento de sus Licencias para conducir sin reparar en ello y como consecuencia transitan sin las condiciones en cuanto a la fecha de renovación establecida por las Leyes mencionadas;
que, lo mencionado conlleva a las dificultades propias en la Seguridad Vial de quienes no realizan el trámite en tiempo y forma;
que, en casos de accidentes o siniestros los y las conductoras deben contar con la documentación al día según las normas vigentes para evaluar causas y consecuencias de dichos accidentes o siniestros, por ejemplo, en la cobertura por las compañías de seguros de daños sufridos en los o las personas que ocupen el vehículo como a terceros;
que, es responsabilidad del Estado Municipal garantizar la Seguridad vial a los y las ciudadanas educando, promocionando y previniendo en tal sentido;
que, el Estado Municipal cuenta con la Dirección de Sistemas Informáticos y Soluciones Digitales y que junto a la Secretaría de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil podría generar una herramienta tecnológica desde una base de datos, para que previamente al vencimiento de las licencias de conducir dentro de los plazos más arriba descriptos, se haga llegar un recordatorio a todas y todos los ciudadanos que deban renovar su Licencia de Conducir;
que, este recordatorio sería un aporte muy valioso para evitar riesgos en caso de que las y los conductores dejen vencer el plazo de renovación de sus licencias; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de noviembre de 2025, este Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Seguridad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través de la Dirección de Sistemas Informáticos y Soluciones Digitales y a la Secretaría de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, conjuntamente con el Centro Emisor de Licencias (C.E.L.), se diseñe una herramienta digital para dar aviso de fecha de renovación de la Licencia Nacional de Conducir a las y los ciudadanos ante la fecha de vencimiento de las mismas. –
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes noviembre del año dos mil veinticinco.-
COMUNICACIÓN Nº 57/2025.-