VISTO el expediente N°152/2026, iniciado por el Bloque de Fuerza Patria, quién eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre el accionar de las barredoras municipales;

que, es necesario regular el tránsito de la barredora municipal en la ciudad de Saladillo;

que, es imprescindible regular la limpieza que se realiza de las calles, sobre todo en una ciudad como Saladillo donde se cuenta con un arbolado de gran porte y frondoso;

que, en épocas donde se caen las hojas, las mismas obstruyen los desagües y resultan una barrera para la circulación del agua provocando acumulación de la basura;

que, comenzada la época del otoño se observa que la práctica de quema de hojas por parte de algunos vecinos y vecinas se ha comenzado a realizar,  siendo esto perjudicial para la salud, para el medio ambiente,  además de representar  riesgo de incendios;

que, la barredora resulta una herramienta fundamental para la limpieza de las calles y que muchas veces no puede realizar el trabajo adecuadamente, ya que se encuentran estacionados vehículos a los que debe necesariamente bordear;

que, esto conlleva a un trabajo ineficiente y que produce un desgaste en la maquinaria y en el combustible utilizado, además de ser más trabajoso para quién conduzca dicha maquinaria;

que,  la barredora es una maquinaria de gran porte,  que suele representar un riesgo de daño a los vehículos cuando debe realizar maniobras para realizar el trabajo correctamente, además de representar un daño para ciudadanos y ciudadanas que se desplazan en bicicletas, motos y autos;

que, el tránsito en Saladillo se encuentra regulado por la Ordenanza 37/2008 que norma la aplicación de medidas y acciones tendientes a mejorar y ordenar la circulación general de vehículos;

que, más allá del respeto por las normas de tránsito por parte de la ciudadanía y la educación de sus habitantes, debemos facilitar a través de diversas disposiciones reglamentarias el ordenamiento para que la limpieza de las calles se optimice, lo que resultará provechoso en cuanto a la eficiencia de los recursos (maquinarias), como así también el logro de una ciudad limpia;

 que, es entonces imprescindible establecer criterios para el estacionamiento de los vehículos sobre las aceras alternando el estacionamiento de vehículos;

 que, resulta necesario se establezca una forma de concientización a la ciudadanía, para que se logre el estacionamiento adecuado sobre las distintas aceras fijando horarios a cumplir;

que, con fecha 12 de noviembre de 2024, el expediente Nº 257/24 -Proyecto de Comunicación-, fué aprobado por unanimidad , proyecto que tiene por objetivo regular el estacionamiento para los vehículos automotores con la finalidad de que la barredora municipal cumpla eficientemente su labor sin encontrar obstáculos en su recorrido;

que, aún no se observa que se haya puesto en marcha la propuesta de un plan de estacionamiento que el proyecto de comunicación mencionado definía; y

CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 02 de junio de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, que a través del área que corresponda, informe sobre:

1.- Cantidad de barredoras en funcionamiento;

2.- Si existe un plan de trabajo para que dichas herramientas puedan realizar la tarea adecuadamente sin desgastes innecesarios, y asegurando el buen uso racional de combustibles, aceites y repuestos; 3.- Si existe un plan de concientización a la población respecto a la quema de hojas, el cuidado del medio ambiente y la salud en ese sentido.-

ARTÍCULO 2°: Si existe una campaña de concientización a la ciudadanía, para que paulatinamente se vaya ordenando el estacionamiento, haciendo lugar a lo propuesto respecto al Plan de estacionamiento alternado en las aceras,  para asegurar un trabajo eficiente de las barredoras, lo que redundará en una ciudad limpia con beneficios para toda la población.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiséis.-

COMUNICACIÓN N° 19/2026.-

Buscar proyecto por concejal