VISTO el expediente N° 192/2026, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente N° 2423/2026, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aceptar la donación del Sr. Walter Nievas, de dos equipos de aire acondicionado para el Laboratorio de Bromatología Municipal;
que, mediante la nota presentada por el Sr. Walter Daniel Nievas, D.N.I. N° 12.857.561, mediante la cual ofrece en donación a la Municipalidad de Saladillo dos equipos de aire acondicionado frío/calor con destino al Laboratorio de Bromatología y Zoonosis;
que en la presentación referida, el Sr. Walter Daniel Nievas manifiesta su voluntad de donar a la Municipalidad de Saladillo dos equipos de aire acondicionado frío/calor para ser destinados al Laboratorio de Bromatología y Zoonosis;
que, dicha donación constituye un gesto de gratitud hacia la Municipalidad de Saladillo y su personal, fundado en los años de servicio prestados por el donante a la comunidad a través del Municipio;
que, el Laboratorio de Bromatología y Zoonosis cumple una función de importancia fundamental para la salud pública del Partido de Saladillo;
que, la incorporación de los bienes ofrecidos contribuirá al mejor funcionamiento del área mencionada, redundando en beneficio de la comunidad;
que, conforme lo dispone el artículo 57° del Decreto Ley N° 6769/58, Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde al Honorable Concejo Deliberante aceptar o rechazar las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 07 de julio de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aceptar la donación efectuada por el Sr. Walter Daniel Nievas, D.N.I. N° 12.857.561, consistente en dos equipos de aire acondicionado frío/calor, con destino al Laboratorio de Bromatología y Zoonosis de la Municipalidad de Saladillo.
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos los actos que resulten necesarios para la recepción, registración, instalación y efectiva incorporación de los bienes donados al patrimonio municipal.
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Boletín Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de julio del año dos mil veintiséis.-
ORDENANZA N° 40/2026.-